La nueva ley de tráfico: se mantienen los 20km/h para adelantar, pero habrá más pérdidas de puntos

  • Endurece las sanciones por conducir utilizando el móvil y no llevar puesto el cinturón

  • La DGT no ha tenido apoyos parlamentarios suficientes para eliminar los 20 km/h extra en los adelantamientos.

  • Los conductores profesionales de transporte de viajeros y mercancías deberán disponer de alcoholímetros antiarranque

El Congreso de los Diputados ha aprobado esta tarde la reforma de la ley de tráfico para endurecer las sanciones por conducir utilizando el móvil y no llevar puesto el cinturón. La DGT no ha tenido apoyos parlamentarios suficientes para eliminar los 20 km/h extra en los adelantamientos. El organismo que dirige Pere Navarro aseguraba que la supresión de esta medida, que no está en vigor en ningún otro país europeo, ayudaría a reducir la siniestralidad en el tipo de vías que registra el mayor índice de fallecimientos en accidente de tráfico (el 75% de los siniestros mortales se producen en carreteras secundarias).

El documento impulsado por la Plataforma Motera para la Seguridad Vial (PSMV), la Asociación Mutua Motera (AMM), la Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas (Anesdor) y la Asociación de Profesores de Formación Vial (Provial) aseguraba que la modificación de la normativa en los adelantamientos podría entrar en contradicción con el Artículo 85 del Reglamento General de Circulación, que refleja la necesidad de realizar la maniobra de adelantamiento en el menor tiempo y espacio posible para reducir el riesgo que dicha maniobra entraña. Y así lo recogieron en sus enmiendas a la Ley diversos grupos parlamentarios (Republicano, Plural, Ciudadanos y Vox). Con este cambio, se mantiene la posibilidad de que coches y motos puedan sobrepasar en hasta 20 km/h el límite genérico de velocidad en vías convencionales. Desde 2019 la máxima permitida en carreteras con un carril por sentido bajó a 90 km/h (antes era de 100 km/h).

Entre las novedades que incluye esta reforma normativa destacan la penalización con seis puntos del carnet conducir sujetando el móvil con la mano, con cuatro no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección, así como se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.

La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en "utilizar" mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de "llevar en el vehículo" esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción.

Asimismo, la Comisión, que ha presidido por primera vez el exministro José Luis Ábalos, ha aprobado este jueves una transaccional del Partido Popular, PNV y Ciudadanos, por la que a partir del 6 julio de 2022 los conductores profesionales de transporte de viajeros y mercancías deberán disponer de alcoholímetros antiarranque, que impiden arrancar el motor del vehículo cuando el conductor rebasa el límite de alcohol permitido legalmente.

Realizar adelantamientos indebidos conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir.

Estas son las claves del texto, que será remitido al Senado para su ratificación:

¿Qué pasa si conduces y coges el teléfono móvil?

Las distracciones con el teléfono están detrás del 20% de las muertes en un coche. A pesar de esto, casi 2 millones de automovilistas se hacen 'selfies' conduciendo, 2,3 millones utilizan las redes sociales y casi 10 millones envían mensajes de Whatsapp mientras conducen, según desvela un reciente informe de la fundación Línea Directa en colaboración con el Instituto Universitario de Investigación de Tránsito y Seguridad Vial de la Universidad de Valencia (INTRAS).

A partir de ahora conducir manipulando el móvil -además de la correspondiente sanción económica- se castigará con la pérdida de seis puntos y no tres, como sucedía hasta ahora.

¿Qué pasa si no te pones el cinturón de seguridad?

Tras una colisión, llevar el cinturón reduce en un 50% la muerte del conductor. La del copiloto, en un 45%. Y de los pasajeros de detrás, en un 25%. A partir de ahora, no ponerse el cinturón estará penalizado con cuatro puntos, en lugar de con tres. La misma consecuencia implicará, en caso de llevar niños en el coche, no hacer uso de los sistemas de retención infantil, así como no llevar casco en el caso de los motoristas.

¿Puedo tener un aparato para detectar radares?

No. Hasta ahora, utilizar un mecanismo de detección de radares estaba tipificado como una infracción grave (retirada de tres puntos más la sanción económica). Cuando la norma entre en vigor, lo que estará penalizado será el simple hecho de llevar en el coche uno de esos dispositivos.

¿Qué sucede si me pillan copiando en el examen de conducir?

El texto tipifica como infracción muy grave la utilización de "dispositivos de intercomunicación no autorizados" en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos. Es, según la DGT, el fraude más habitual. La multa será de 500 euros y el aspirante no podrá volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de seis meses.

¿Cómo puedo recuperar los puntos del carnet?

Si pierdes puntos y quieres recuperarlos una opción que ofrece la nueva normativa es realizar y superar un curso de conducción segura. Es una posibilidad que permitirá obtener dos puntos adicionales. Te podrás acoger a ella siempre y cuando tengas saldo positivo de puntos. Como máximo, podrás asistir a un curso cada dos años y no podrás tener más de 15 puntos en tu carnet. Si tras una infracción pierdes puntos -siempre que no te quedes a cero- podrás recuperar automáticamente el saldo inicial de 12 puntos una vez que pasen dos años sin infracción ninguna.

¿Es obligatorio llevar casco si voy en patinete?

Sí. La norma establece que los conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, estarán obligados a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determinen, una medida que no estaba en el texto que el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros y que se ha incluido en la tramitación parlamentaria.