Asesinatos

El Tribunal Supremo confirma la prisión permanente revisable para el asesino de Aintzane Pujana en Guipúzcoa

Audiencia Provincial de Gipuzkoa.. Europa Press
Compartir

San SebastiánHan tenido que pasar cinco años del asesinato de Aintzane Pujana para que la sentencia del principal condenado por el crimen sea firme. El Tribunal Supremo ha confirmado, en las últimas horas, la prisión permanente revisable para el condenado por el asesinato en 2021 de la joven de 32 años en Aizarnazabal. El asesino de Aintzane cumplirá definitivamente la pena de prisión permanente revisable, a la que fue condenado en 2024 por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa y que, posteriormente, ratificó el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

El hombre fue condenado como autor de un delito de asesinato a la pena de prisión permanente revisable. También se le castigó como autor de un delito de inducción a la prostitución a dos años de prisión y a otros cuatro años por el de detención ilegal.

PUEDE INTERESARTE

Aintzane Pujana tenía 32 años cuando fue asesinada la madrugada del 1 al 2 de enero de 2021. Ocurrió en Aizarnazabal (Guipúzcoa). La víctima convivía con la pareja que fue acusada del crimen, que además la obligaba a prostituirse y cuando Aintzane se negó a mantener relaciones sexuales con un cliente, la mataron a cuchilladas.

El juicio, con jurado popular, se celebró en 2024 y el hombre, de 24 años en el momento del crimen, se convirtió en el primer condenado en Guipúzcoa a la máxima pena, la prisión permanente revisable. A la otra acusada la condenaron como autora de un delito de asesinato, con la eximente incompleta de alteración psíquica y la atenuante de confesión, a 20 años de internamiento psiquiátrico y otros 10 de prisión.

PUEDE INTERESARTE

Recursos tras la primera sentencia

Tras la primera sentencia, el autor de un delito de “asesinato hiperagravado” recurrió la sentencia y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) rechazó en mayo del pasado año su recurso y ratificó la condena. Ahora, ha sido el Tribunal Supremo el último en ratificar la sentencia.

La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso del hombre contra el aval del TSJPV a la sentencia de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, donde se celebró el juicio con jurado.  "El esfuerzo argumental que despliega la defensa para ofrecer a nuestra consideración una versión alternativa de los hechos tropieza con un abundante material incriminatorio que ya ha sido valorado por el tribunal del jurado y validado por el Tribunal Superior de Justicia al conocer del recurso de apelación", razona.

El relato del crimen

La sentencia recogía, como hechos probados que los dos acusados y la víctima compartían vivienda en un agroturismo en la localidad guipuzcoana de Aizarnazabal, que Aintzane ejercía la prostitución y el acusado era su proxeneta. El 1 de enero de 2021 la víctima se negó a prestar un servicio sexual y el acusado pidió a la otra encausada que golpeara a la víctima, rompiéndole la nariz, y posteriormente le ordenó que cogiera un cuchillo y le asestara varias puñaladas mientras la víctima estaba semiinconsciente y atada con bridas.

La sentencia precisaba que fue la coacusada quien ejecutó "directamente y materialmente los hechos" que causaron la muerte de la víctima, pero matizaba que la conducta de él era "igualmente integrable en la autoría".

"Ambos tenían el dominio funcional del hecho, tanto el ejecutor material como el autor mediato", resumía la sentencia, que recordaba que la coimputada reconoció los hechos y la participación de ambos en los mismos y que su relato estuvo corroborado por "datos periféricos obtenidos a lo largo de la investigación y ratificados" durante el juicio.

La resolución declaraba probado que la coimputada tiene diagnosticado un trastorno límite de la personalidad, agravado por el consumo de múltiples sustancias estupefacientes de larga duración, lo que en el momento de los hechos "anulaba notablemente su capacidad volitiva, manteniendo las capacidades intelectivas".