Tribunales

Un vigués pide ser empadronado en su coche, pero el juez se lo deniega porque duerme "donde le apetece"

Ciudad de la Justicia de Vigo (Pontevedra).
Juzgados de Vigo. EUROPA PRESS Archivo
  • El ciudadano había pedido empadronarse en su coche ante el Concello de Vigo

  • La negativa viene de una cuestión de base, ya que el coche no está siempre en el mismo lugar

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VigoUn juzgado vigués he denegado la solicitud de un hombre a ser empadronado en su coche, convirtiéndolo en su domicilio habitual, alegando que el vehículo no estaba estacionado en un punto concreto. 

Esta peculiar petición llegó al Juzgado de Vigo después de que un ciudadano presentará una solicitud de empadronamiento en el Concello de Vigo, en la que indicaba como domicilio un vehículo de su propiedad, como cuenta La Voz de Galicia. 

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 El Concello le requirió que precisara el lugar de estacionamiento habitual del coche, pero el solicitante respondió tirando de sinceridad que no tenía “una calle fija”. Explicó que, al dormir en el coche, lo hacía donde le apetecía cada día, “lo hago donde me apetece, considero o coincide cada vez, siendo el Concello de Vigo donde resido más de la mitad del año. Normalmente, en playas, montes, alejado del centro de la ciudad”, detalló el solicitante. 

El conductor reclamaba el empadronamiento y una indemnización de 8.000 euros

Tras su petición, pasaron más de tres meses, el plazo que la ley fija como máximo para resolver este tipo de trámites, y el Concello de Vigo no respondió a esta solicitud. Por lo que el caso pasó al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo. El conductor-residente reclamaba que se le reconociera el empadronamiento por silencio administrativo, y además pedía una indemnización de 8.000 euros por los daños causados. 

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La sentencia desestima la petición del vecino por una cuestión de base.  Legalmente sí es posible que alguien pueda empadronarse en un vehículo, pero para ello debe darse una condición fundamental: el coche tiene que estar aparcado, de manera permanente, en un mismo lugar. 

 La normativa permite inscribir en el padrón municipal a personas que viven en las denominadas como “infraviviendas”, que pueden ser chabolas, caravanas o podrían ser coches abandonados. Pero para ello, el vehículo debe estar anclado en un lugar concreto, “estable y permanente dentro del término municipal”. 

Esta condición es necesaria para que la Administración pueda enviar notificaciones a la persona empadronada. En este caso, la petición no pudo ser admitida porque el propio solicitante reconoció que dormía en sitios distintos, moviéndose con el coche. Al dar esta explicación no se puede anclar un domicilio concreto, como razona el juez en su sentencia. 

El silencio administrativo no opera si no se cumplen los requisitos

 El magistrado además, señala en la sentencia que lo procedente habría sido empadronar al ciudadano, -al haber pasado tres meses sin respuesta- y acto seguido iniciar un procedimiento de revisión de oficio para anular ese acto por nulo de pleno derecho. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2025 cambió las reglas para estos casos sin respuesta de las administraciones; el silencio positivo no opera cuando el interesado no reúne los requisitos legales para obtener lo que reclama. Una doctrina que el juez aplica en este caso para no permitir el empadronamiento en un coche que no está inmovilizado y que como ha contado su dueño, se pasea por playas y montes durmiendo, donde más le apetece.