Un juez avala a una trabajadora que fue despedida por faltar para "aplicar la eutanasia a su perra": deberá ser readmitida
La empleada acudió al veterinario de urgencias para aplicar la eutanasia a su mascota y más tarde fue despedida por su empresa
El incomprendido y silencioso duelo tras la muerte de una mascota: "Falta mucha sensibilización todavía"
Un juzgado de Barcelona ha dictado una sentencia en la que declara improcedente el despido de una trabajadora de la empresa Majorel SP Solutions, S.A.U., que tuvo que ausentarse de su puesto de trabajo para aplicar de urgencia la eutanasia a su perra. En la sentencia, consultada por Europa Press, la empresa justificó la decisión de despedir a la empleada, que trabajaba como teleoperadora desde marzo de 2023, alegando que había acumulado "ausencias injustificadas" en el periodo de un mes.
Tras analizar las ausencias de forma individualizada, el juez entiende que el 29 de noviembre de 2024, cuando se vio obligada a acudir de urgencia al veterinario, si bien es cierto que no tenía permiso, las "razones humanitarias, éticas y morales justifican que se haya priorizado la salud de un animal doméstico que prácticamente agonizaba" a la obligación de acudir a su puesto de trabajo.
Su ausencia no puede entenderse como "un capricho", sino que debe atribuirse a razones sobrevenidas, imprevisibles, éticas y humanitarias, pues haber hecho que el animal esperase a que la trabajadora terminase su jornada hubiese sido "inmoral". Por ello, el juzgado ha invocado la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, recordando que el principal objetivo de esta normal es "regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad".
"Hubiera sido inmoral hacer esperar y agonizar al animal"
Sobre el resto de días que según la empresa la trabajadora se ausentó sin justificación, el juez determina que una se trata de una falta de puntualidad, mientras que las otras dos ausencias pueden considerarse injustificadas. Por todo ello, condena a la empresa a que readmita a la trabajadora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones y a que le abone los salarios que le correspondan desde que fue despedida y hasta la fecha de notificación de la sentencia o que extingan la relación contractual y la indemnice con 4.116,42 euros por despido improcedente.
Albert Vallribera, el abogado que ha representado a la trabajadora en este procedimiento, destaca el carácter innovador de esta sentencia, que deriva de "la mirada jurídica, pero también humana y moral" con la que se evalúa la ausencia de su defendida para atender las necesidades de su perra. La decisión del juez va en la línea de los cambios que se están introduciendo en algunas empresas españolas con respecto al aumento de la concienciación y la empatía hacia el bienestar de los animales.
En nuestro país, Patitas & co., es la primera empresa que otorga tres días de baja laboral a sus empleados por la muerte de una mascota, exactamente igual que se hace en el resto de las entidades cuando fallece un familiar de primer, segundo o tercer grado. En otros países, como Suecia, hay empresas que también otorgan a sus trabajadores la posibilidad de cogerse una baja por maternidad cuando adquieren una nueva mascota (de alrededor de dos o tres semanas como máximo), para que tengan tiempo de adaptar adecuadamente al animal a las costumbres y normas de su nuevo hogar.