La sanidad canaria, condenada a pagar 200.000 euros por violencia obstétrica y trato deshumanizado en un parto
Los tribunales defienden "el derecho de la mujer sobre el parto" dentro de las alternativas posibles
El feto falleció durante la hospitalización de la mujer y los médicos la obligaron a expulsarlo como en un parto natural durante seis horas sin ofrecerle la cesárea
La sanidad pública de las islas canarias tendrá que indemnizar con 200.000 euros a una mujer que perdió a su hijo por una negligencia médica en la fase final de la gestación. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha apreciado que sufrió "violencia obstétrica" y trato "deshumanizado" al obligarla a expulsar el feto ya fallecido, como si fuera un parto natural.
La mujer acudió al Hospital Materno Infantil de Las Palmas de Gran Canaria en 2020, con contracciones y fue enviada a planta directamente, sin que la viera un médico, a pesar que se trataba de "un embarazo de alto riesgo por edad, obesidad y diabetes de la gestante", según la sentencia.
El feto falleció durante la estancia hospitalaria y se impuso a la madre expulsarlo en un parto natural, que duró seis horas, sin ofrecerle una cesárea, opción que había pedido el padre.
Un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria primero, y el TSJC ahora, consideran que el Servicio Canario de Salud (SCS) infringió los procedimientos médicos y cometió varios errores que le hacen responsable patrimonial del daño y el sufrimiento que padeció la madre al perder a su bebé.
La sanidad pública canaria ha sido condenada en varias ocasiones en los últimos años por casos en los que se consideró que se postergó innecesariamente el parto natural sin ofrecer una cesárea a la madre, lo que ha dado lugar a una jurisprudencia que el SCS aún discute.
En esos casos, el TSJC ha fallado reiteradamente que era obligado informar a las madres de que podrían haber optado por una cesárea y que elegir entre esa operación o el parto natural era su derecho.
En la sentencia, que ha hecho pública este viernes el despacho Henríquez y Carnero Abogados, se refleja que el pleito con el SCS por este asunto sigue abierto: los magistrados reflejan en sus razonamientos que la sanidad canaria "insiste en que la cesárea no es una alternativa al parto natural de libre elección para la madre y en que son los médicos asistentes quienes pueden observar si concurren o no los presupuestos para la realización de una cesárea".
El tribunal defiende "el derecho de la mujer sobre el parto" dentro de las alternativas posibles
El tribunal contesta al SCS de forma expeditiva: "La administración tiene una posición clara y esta Sala tiene otra. A lo mejor no hemos sabido trasladar nuestra posición y doctrina, pero vamos a intentarlo una vez más: nuestra doctrina son los derechos humanos y los derechos de la mujer respecto al parto".
La magistrada ponente, Inmaculada Rodríguez, ha detallado en la sentencia que el consenso científico médico establece que a partir de la semana 39 el feto es viable, por lo que la decisión que se tome a partir de ese plazo (esperar, inducir el parto, hacer una cesárea...) ya no compromete la vida del niño, de modo que "la madre cuya salud sí que está en riesgo tiene que ser escuchada y tiene capacidad de decidir entre el abanico de alternativas que se abren".
El SCS intentó objetar frente a ese argumento que la cesárea de libre elección no está cubierta por la asistencia gratuita, a lo que el TSJC le contesta con un nuevo reproche: "El planteamiento induce a pensar que, al final, la cuestión se reduce a que las alternativas para la terminación del parto en un embarazo a término se ofertan en la sanidad pública por razones económicas, y no médicas".
El tribunal considera que el hospital materno de Gran Canaria cometió varios errores con esa paciente, dice expresamente que la sometió a "violencia obstétrica" y censura que no le informara de las alternativas existentes, para concluir que la "atención médica fue deshumanizada".
"No nos podemos representar cuáles serían las razones médicas para obligar a una gestante a pasar seis horas de parto en la situación en la que se encontraba y a quién se le preguntó sobre ello", remarcan los tres magistrados que componen la Sala.