¿Tengo que llevar mascarilla en el ascensor de mi comunidad de vecinos?

  • El uso de la mascarilla en la comunidad de vecinos es recomendable a partir del 20 de abril, cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad

  • La mascarilla deja de ser obligatoria, pero hay muchas dudas con su uso en zonas comunes del día a día, como es el ascensor de la comunidad de vecinos

  • Mascarilla en interiores: por qué sigue en el transporte público

La mascarilla en interiores deja de ser obligatoria a partir de este 20 de abril en interiores y solo se mantendrá en centros de salud, hospitales, farmacias, residencias y en el transporte público. Las dudas sobre dónde hay que llevar la mascarilla surgen en los espacios comunes que se comparten en el día a día y la comunidad de vecinos es un claro ejemplo, ¿hay que llevar mascarilla en el ascensor? ¿y en una reunión de vecinos? ¿en el portal?

El Ministerio de Sanidad siempre ha dejado claro que el uso de mascarilla será responsabilidad de cada uno, y solo ha marcado algunas excepciones en las que seguirá siendo obligatoria, y otras en las que es recomendable. Carolina Darias, ministra de Sanidad, lo ha dejado claro: “La excepción serán aquellos lugares donde haya personas vulnerables. Hay una recomendación de uso responsable, donde se puedan producir aglomeraciones”.

Tanto Sanidad como Pedro Sánchez siempre han abogado por un uso responsable de la mascarilla por parte de los ciudadanos. A partir del 20 de abril, la mascarilla dejará de ser obligatoria en espacios interiores, pero siempre será recomendable cuando no se pueda respetar la distancia de un metro y medio entre las personas. En los puestos de trabajo, la última palabra la tendrá el departamento de riesgos laborales de cada empresa, pero ¿qué pasa en la comunidad de vecinos? ¿quién decide si tengo que llevar mascarilla en el portal o en el ascensor?

La mascarilla deja de ser obligatoria en la comunidad de vecinos

Al retirar la prohibición de la mascarilla en interiores y señalar expresamente en los lugares en los que seguirán siendo obligatoria, se entiende que Sanidad deja en manos de los ciudadanos dónde y cuándo ponérsela. La gran pregunta que puede surgir es ¿qué tengo que hacer en la comunidad de vecinos?

El uso de la mascarilla en la comunidad de vecinos no es obligatorio, tanto en lugares cerrados como abiertos, pero sí que es recomendable si la situación lo aconseja, es decir, si dos personas no convivientes se juntan en el ascensor, la recomendación es que ambos la lleven puesta, porque no podrán respetar el espacio de un metro y medio, como aconsejan los expertos. Pero nunca será una obligación y el uso dependerá de cada vecino.

Al igual que en el portal o cualquier zona común de la comunidad de vecinos. Nunca será obligatorio llevar puesta la mascarilla, pero igual que sucede con las personas de riesgo en el que su uso sigue siendo una recomendación, también lo es cuando no se puede respetar la distancia de seguridad y no se lleva la mascarilla. Si te encuentras un vecino en el ascensor que no lleva la mascarilla, será tuya la decisión de entrar o no, y compartir espacio.