Y ahora, ¿qué?: la rebaja de penas por la ley del ‘sí es sí’ es inevitable a corto plazo

  • Reformar la ley no acabaría con la revisión de casos ni con una posible reducción de las condenas, explica la profesora Maria Dolores Serrano

  • Los jueces de Madrid tienen previsto reunirse para unificar criterios ya que en La Rioja, por ejemplo, no han rebajado ninguna condena

  • "No sabíamos si los tribunales iban a aplicar algo tan radical, pero la realidad es que han acogido nuestra teoría", reconoce el abogado de uno de los reos puestos en libertad con la nueva norma

Los tribunales españoles siguen revisando condenas y, en algunos casos, rebajando penas por la aplicación de la nueva ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del “sí es sí”. Una norma propuesta por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero (Unidas Podemos) para luchar contra la violencia sexual, a raíz del caso de La Manada, la agresión en grupo sentenciada primero como abuso y que tuvo que llegar al Supremo para que se considerara agresión, tras una enorme movilización social.

La nueva norma elimina, precisamente, la distinción entre abuso y agresión sexual. Ya todo es agresión con distintas horquillas legales. Aunque, al modificar las penas, abre la puerta a que se revisen las sentencias a favor de los condenados, tal y como establece el Código Penal en España. Ya se han dado casos en Madrid, también en Galicia, Murcia o Baleares. El goteo, se espera, va a ser incesante con decenas de sentencias en las que el condenado pueda verse “favorecido” por la nueva ley. El año pasado, solo en la Comunidad de Madrid, se dictaron 70 condenadas por delitos sexuales susceptibles de esta revisión tras la entrada en vigor de la nueva norma. Ante esta "avalancha" de casos, los jueces madrileños tienen previsto reunirse el próximo 25 de noviembre para unificar un criterio.

De hecho, ha habido tribunales que sí han rebajado las penas, pero otros no. Por ejemplo, en La Rioja ya se han revisado 54 sentencias y en ninguna se ha reducido condena. La nueva ley no rebaja las penas en todos los casos, de hecho las endurece en gran medida, introduce nuevos supuestos y sobre todo se rebaja la pena mínima prevista para algunas conductas. El presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Javier Marca, ha recordado -en declaraciones a la cadena SER- que el efecto retroactivo de las leyes que benefician al reo "es un principio general del derecho que se aplica en España y en todo el mundo".

No obstante, matiza este magistrado, no se hace de manera automática y además se revisan todas aunque se modifican pocas. "En materia de revisión de las condenas, el principio básico es que si la pena que te han puesto era imponible conforme a la legislación anterior y puede ser impuesta conforme a la legislación moderna, no te modifican la pena. Es decir, te revisan el procedimiento pero no te modifican la pena. Si la pena que te pusieron está dentro del marco punitivo anterior y también puede estar en el moderno"

¿Por qué algunos delincuentes sexuales se ven favorecidos por la nueva ley?

La nueva norma eliminó el abuso sexual. Ahora todo es considerado agresión sexual, pero también modificó las penas, los castigos, y, en algunos casos, rebajó los límites inferiores. Todas las penas, argumenta Maria Dolores Serrano, profesora de Derecho Penal y Criminología de la UNED, tienen un límite mínimo y un límite máximo. Límites que se utilizan para adecuar lo mejor posible las condenas a las circunstancias de cada caso en concreto.

Lo que ha ocurrido con esta ley, indica la experta a NIUS, es que no se ha tenido en cuenta que el Código Penal en España, en su artículo 2.2 “obliga y subrayo: obliga”, a que en el momento en el que hay una reforma legislativa que favorezca al reo, se revise su condena. De esta forma, tienen carácter retroactivo todas las leyes que le sean favorables, las que incrementen la pena no, pero las que le favorezcan sí. Así que las personas que estaban condenadas por un delito que ahora, con la nueva ley, tiene una pena menor, han pedido su revisión.

Un ejemplo: de seis a un año de prisión por abuso de menores

Uno de ellos, de hecho, ya está en libertad tras ver reducida su pena de seis a un año de cárcel por abuso sexual. Se trata del cliente de César Canora, abogado que, tal y como explica a NIUS, entiende que pueda parecer “frustrante”, pero es una cuestión de índole técnica y, además, muy compleja.

“Lo que no se puede decir a nivel político es que esto es cuestión de interpretación judicial o que los jueces lo están haciendo mal, no. Los principios de retroactividad y del derecho penal están ahí. Ahora bien, si cuando se ha redactado la ley no se ha pensado en determinadas consecuencias y ahora para frenar la alarma social que se está produciendo se apuesta por una unificación de criterios de los tribunales, es una posibilidad que cabe en derecho, también es legal”, asegura el letrado.

Los hechos siguen siendo los mismos y la interpretación de la ley tiene que tener en cuenta los hechos más allá de las horquillas penales, considera Judit Gené, abogada de una víctima cuyo agresor también ha solicitado una rebaja de su condena.  

Y ahora, ¿qué?

Una posibilidad es reformar la ley, tal y como pide la oposición y no descartan algunas voces dentro del propio Gobierno. Según Maria Dolores Serrano, eso no evitaría la revisión actual de los casos y las posibles rebajas de las penas ya que a los reos siempre se le aplica la norma más favorable, aunque sea una ley intermedia entre una y otra. "Esta situación ya no se puede arreglar de ninguna manera", asevera la profesora de Derecho Penal.

Otra posible solución hubiera sido incluir una disposición transitoria en el texto de la ley para evitar que se revisaran a la baja ciertas condenas, pero, a pesar de las advertencias de determinados juristas, no se hizo. ¿Por qué? Desde el Gobierno se confiaba en que la interpretación de la nueva norma no provocara una revisión de penas, ya que hay interpretaciones que consideran que no se puede aplicar la pena más baja si el el conjunto de la reforma permite una condena parecida a la anterior, explica el magistrado Joaquim Bosch.

La alternativa propuesta por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, es esperar a que los jueces fijen una doctrina unificada. En España, la doctrina la fija la jurisprudencia del Tribunla Supremo, pero para eso hay que esperar a que le lleguen uno o varios recursos a estas reducciones de penas.

Un posible avance futuro con consecuencias en el presente

Antes de ese proceso, que puede ser largo, los jueces tienen previsto reunirse el lunes 25 de noviembre para, al menos, unificar criterios. "Vamos a ver qué dicen los jueces, pero con la nueva ley en la mano, va a seguir habiendo una inevitable rebaja de las penas", indica César Canora. De hecho en su despacho, asegura, ya han recibido una numerosas peticiones.

"No dudo que esta cuestión política de destipificar el abuso sexual y considerar todo agresión sexual nos haga avanzar como sociedad en un futuro, pero desde luego ahora tiene sus consecuencias y politizar la ley no suele ser una buena solución", considera el letrado quien reconoce que fue la Audiencia Provincial la que les avisó para hacer alegaciones.

Un procedimiento que, explica, es el habitual. Del mismo modo que no se puede sospechar que los jueces hayan actuado aquí con mayor celeridad que en otros casos, asevera el abogado. "Antes de que la propia Audiencia nos diera traslado para hacer alegaciones, nosotros ya estábamos preparando nuestros escritos teniendo en cuenta cómo estaba siendo preparada la norma. Evidentemente, no sabíamos si los tribunales iban a aplicar algo tan radical -reconoce-, pero la realidad es que han acogido nuestra teoría: los delitos de abuso sexual ya no existen, ya no están en el código penal en el mismo modo y redacción, por lo que los reos no pueden estar en prisión por eso”, concluye César Canora.