Confirman la condena de cárcel para el conductor de un autobús que causó la muerte de dos niños en Estella, Navarra

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona.. Archivo Europa Press
  • El conductor culpable de dos delitos de imprudencia grave con resultado de muerte y dos delitos de imprudencia grave con resultado de lesiones

  • La Audiencia de Navarra confirma la condena de dos años y nueve meses de prisión impuesta al conductor de un autobús que atropelló mortalmente a dos niños

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PamplonaLa Audiencia de Navarra ha confirmado la condena de 2 años y 9 meses de prisión impuesta el pasado enero al conductor de un autobús que enero de 2020, perdió el control del vehículo y provocó un accidente en Estella, en el que murieron dos niños. Los menores iban en el interior de otro coche, que conducía su madre, que resultó gravemente herida, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

La sentencia de la Audiencia, que puede ser recurrida en casación, ratifica la decisión del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona, que consideró al conductor responsable de dos delitos de imprudencia grave con resultado de muerte y dos delitos de imprudencia grave con resultado de lesiones. Además, el condenado no podrá conducir vehículos a motor durante 3 años y un día.

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El accidente mortal ocurrió el 19 de enero de 2020 cuando el acusado, al volante de un autobús que realizaba el trayecto Logroño-Pamplona, se salió de la calzada a la entrada de Estella.

En el acceso a esta localidad navarra a través de la rotonda de la calle Carlos VII con la calle Merkatondoa, superó la velocidad máxima permitida, que era de 40 km/h.

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A consecuencia de ello, el autobús se salió de la calzada y se subió a la acera sufriendo el reventón de una rueda delantera. El vehículo impactó contra un turismo que circulaba a escasa velocidad a la altura del paso de peatones. La conductora no pudo eludir la colisión, y la totalidad del coche, que dejo "destrozado".

El autobús impactó contra un coche en el que viajaba una madre con sus dos hijos

A consecuencia del impacto, fallecieron los dos hijos menores de la conductora, que iban en el asiento trasero. La niña, en el momento, y el niño, poco después en el Hospital de Estella al que fue trasladado. La madre, por su parte, sufrió lesiones que precisaron de tratamiento médico quirúrgico especializado.

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Tras esta colisión, el autobús volvió a salirse de la calzada y chocó contra una serie de vehículos y las instalaciones de una gasolinera. Provocó numerosos daños materiales que han sido indemnizados ya por la aseguradora del autobús.

La mujer sufrió fractura de tibia y de peroné y tuvo que ser sometida a cuatro intervenciones quirúrgicas. Tardó 516 días en curarse de las lesiones. Entre otras secuelas, padece limitación para desarrollar la vida cotidiana en forma similar a antes de sufrir este accidente, así como en el área del ocio y la actividad deportiva.

La defensa recurrió la sentencia por un doble motivo. En primer lugar, porque discrepó de la calificación penal de los hechos, al entender que la imprudencia no se podía calificar como grave. Y, en segundo término, porque consideró que las pruebas de cargo recogidas no eran suficientes para acreditar que la acción del conductor fuera la causante directa del accidente de tráfico.

En la sentencia de instancia, la jueza señaló tres causas del accidente: que el conductor acelerara en lugar de reducir la macha; que no utilizara el freno de mano ni ningún otro medio para detener el vehículo; y que condujera sin la atención exigible.

Los magistrados de la Audiencia comparten las conclusiones de la juez. "La sentencia impugnada valora de forma coherente, a través de un detallado y pormenorizado análisis, la prueba practicada", recalcan.

La juez de instancia se basó en el informe de los peritos de la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil, que sostuvieron que la inicial aceleración se debió a la acción del conductor. E igualmente señalaron la incidencia de la pendiente sobre la velocidad, que alcanzó hasta los 61 km/h en el momento en que literalmente arrolló al vehículo en el que viajaban los menores fallecidos.

Los informes periciales, subrayó la juez, descartaron fallo o defecto alguno en el sistema de frenado. Según la magistrada, por tanto, "había modos de parar el autobús, pero el conductor no hizo uso de ellos, no supo afrontar la situación".

Para la Audiencia, en definitiva, "ningún reproche se puede hacer al razonamiento efectuado por la juzgadora para tener por acreditado este hecho", que de manera "detallada y pormenorizada" justifica en la sentencia.

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