El caso Noelia Castillo y las diferentes formas de recibir la eutanasia en España

La vía intravenosa y oral son los métodos para llevar a cabo la eutanasia en España, tanto en un hospital como en el domicilio del paciente.
El tío de Noelia Castillo Ramos, la joven que va a recibir la eutanasia este jueves: "Nunca voy a apoyar que muera, pero hay que pensar en su sufrimiento"
Noelia ha pasado un verdadero calvario vital y judicial -cerca de 20 meses de batalla judicial con su padre, que no estaba de acuerdo con su decisión- hasta llegar al momento definitivo en el que podrá acogerse a la ley de eutanasia. Será este jueves.
Noelia creció en un entorno familiar complejo y pasó parte de su infancia bajo el sistema de protección de menores, en una situación de vulnerabilidad que marcó su adolescencia. Su vida cambió de forma irreversible tras sufrir una agresión sexual múltiple.
La joven intentó suicidarse lanzándose desde un quinto piso (antes intentó quitarse la vida con fármacos) y sufrió graves lesiones. Desde entonces, quedó parapléjica y convive con dolor constante, en un contexto de gran dependencia y con una red de apoyo limitada, lo que la llevó a pasar por distintos centros sociosanitarios. En la primavera de 2024 inició el procedimiento para solicitar la eutanasia.
La ley de eutanasia en España (ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo) busca legislar para respetar la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables, lo que se denomina un contexto eutanásico.
En la ley queda claro que han de establecerse garantías para que la decisión de poner fin a la vida se produzca con absoluta libertad, autonomía y conocimiento, protegida por tanto de presiones de toda índole que pudieran provenir de entornos sociales, económicos o familiares desfavorables, o incluso de decisiones apresuradas.
Para aplicarse la eutanasia se necesita un 'consentimiento informado', que no es otra cosa que la conformidad libre, voluntaria y consciente del paciente, manifestada en pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada. La decisión de solicitar la prestación de ayuda para morir ha de ser una decisión autónoma, entendiéndose por tal aquella que está fundamentada en el conocimiento sobre su proceso médico, después de haber sido informada adecuadamente por el equipo sanitario responsable.
En la historia clínica deberá quedar constancia de que la información ha sido recibida y comprendida por el paciente.
La ley establece además, que uno de los requistos sea que la persona que solicita la eutanasia sufra un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o, como parece más afín al caso de Noelia, una enfermedad grave e incurable que, por su naturaleza, origina sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables sin posibilidad de alivio que la persona considere tolerable, con un pronóstico de vida limitado, en un contexto de fragilidad progresiva.
Acompañarán a la persona en su camino hacia la eutanasia un médico responsable y un médico consultor. Al paciente se le suministrará una prestación de ayuda para morir, que puede ser la administración directa al paciente de una sustancia por parte del profesional sanitario competente o la prescripción o suministro al paciente por parte del profesional sanitario de una sustancia, de manera que esta se la pueda auto administrar, para causar su propia muerte. Puede administrarse por vía intravenosa o vía oral.
En el caso de que el paciente se encuentre consciente, este deberá comunicar al médico responsable la modalidad en la que quiere recibir la prestación de ayuda para morir.
Así se hace la eutanasia intravenosa, los medicamentos a usar y el tiempo
En el caso de que el paciente opte por la vía intravenosa, como es el caso de Noelia, se recomienda disminuir el nivel de consciencia previamente a la inducción del coma. El medicamento recomendado es midazolam 5mg-20mg. La dosis de midazolam dependerá de la situación clínica del enfermo y de la toma habitual previa de benzodiacepinas. Los medicamentos inductores del coma pueden causar dolor cuando se administran por vía intravenosa. Para evitar este dolor se recomienda la administración previa de 40mg de lidocaína. La administración debe hacerse de forma lenta, en 30 segundos, para asegurar una adecuada impregnación de la vía venosa.
En caso de alergia a la lidocaína, se puede administrar 1g de sulfato de magnesio (diluido en 10ml con solución salina normal) en administración lenta durante 5 minutos.
Tras la premedicación y el anestésico se administra el medicamento inductor del coma. El medicamento de elección es propofol 1000 mg. La administración debe realizarse mediante inyección lenta durante 2.5 y 5 minutos. Como alternativa, en caso de no poder administrar propofol, se recomienda tiopental 2000 mg mediante inyección lenta durante 2.5 y 5 minutos.
Tras comprobar que el paciente está en un coma profundo, se administra el medicamento bloqueante neuromuscular. El bloqueante neuromuscular se administra siempre, incluso si el paciente ha muerto tras la administración de la medicación de inducción del coma. Los medicamentos de elección son atracurio 100 mg, cisatracurio 30mg o rocuronio 150mg. La administración se hace mediante administración rápida .
La medicación de inducción del coma se administra en no más de 5 minutos. La pérdida de conciencia se produce en 1-2 minutos tras su administración. En unos pocos casos, la administración de la medicación inductora del coma puede conducir directamente a la parada respiratoria y a una posible parada cardíaca. En todos los demás casos, el bloqueante neuromuscular provocará una parada respiratoria total en pocos minutos, seguida de una parada cardíaca.
Sin embargo, a veces el corazón puede seguir latiendo durante algún tiempo, lo que prolonga el periodo entre la parada respiratoria y la parada cardíaca, hasta 20 minutos.
Administración oral o intravenosa por parte del propio paciente
En cuanto a la administración oral será paciente quien toma, él mismo, los medicamentos suministrados por el equipo asistencial y si es intravenosa, será el paciente el que abre la llave de la bomba de infusión del medicamento inductor del coma, siendo así el propio paciente el que inicia el proceso. Tras este paso, y una vez comprobado que el paciente está en coma profundo, será el profesional sanitario el que administre el medicamento bloqueante neuromuscular.
En el caso de la toma oral, el paciente debe ser capaz de tragar un volumen suficiente de líquidos, no debe tener náuseas, deshidratación o problemas gastrointestinales, trastornos del tránsito intestinal o que alteren significativamente la absorción.
El primer paso es un paso preparatorio. Implica tomar un antiemético para minimizar el riesgo de vomitar el medicamento inductor del coma. Los medicamentos recomendados son metoclopramida y ondansetrón que se pueden administrar 1 hora antes de la administración del medicamento inductor del coma.
Opcionalmente, en caso de que el paciente lo requiera, 30-45 minutos antes de la administración del medicamento inductor del coma se podría administrar un ansiolítico. También puede valorarse pautarlos 24-48 horas antes de la eutanasia para disminuir la ansiedad en los días previos. Los medicamentos y las dosis recomendadas son los siguientes:Lorazepam 1-2mg, Diazepam 10-25mg, Midazolam 7.5-15mg .
El segundo paso es la toma de un medicamento inductor del coma que contenga pentobarbital: solución oral de pentobarbital 15g en 100ml. Ante una situación de la falta de disponibilidad de pentobarbital (y secobarbital se recomienda utilizar la vía intravenosa. Se recomienda ayuno de 6 horas y tomar una comida ligera como una infusión con tostadas, aproximadamente 1 hora antes de tomar el medicamento inductor del coma.
Durante la ingestión del medicamento el paciente debe adoptar la posición estándar de Fowler, en una posición semisentada de aproximadamente 45-60º con las rodillas extendidas o flexionadas y permanecer sentado durante al menos 20 minutos, incluso si está inconsciente, para optimizar la absorción y prevenir la regurgitación. El paciente debe consumir todo el medicamento en 4 minutos. Si el paciente vomita es aconsejable utilizar la vía intravenosa.
El período de tiempo entre la administración del medicamento inductor del coma y el momento de la muerte varía de persona a persona, pero, en la gran mayoría de los casos, tarda menos de 30 minutos. Sin embargo, a veces puede llevar más tiempo, entre 2 y 3 horas.
De forma general se debe disponer una vía intravenosa en todos los pacientes antes de iniciar el proceso por si fuese necesario utilizarla.
¿Dónde se realizar la eutanasia y quién está presente?
La eutanasia se podrá realizar en centros sanitarios públicos y privados o concertados, y en su domicilio, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabados por el lugar donde se realiza o por el ejercicio de la objeción sanitaria. El paciente tiene derecho al acompañamiento de sus familiares y allegados. Este derecho debe ser compatible con los actos sanitarios vinculados a la realización de la prestación para morir. En el caso de Noelia, ella misma ha decidido que el proceso se efectuará en su domicilio y que en el momento de su muerte quiere que su familia no esté presente en el momento de su muerte.
La prestación de ayuda para morir se realizará siempre garantizando la máxima discreción y respeto a su intimidad personal y familiar.
El médico responsable, así como el resto de profesionales sanitarios mantendrá la debida tarea de observación y apoyo a este hasta el momento de su fallecimiento. La muerte tendrá la consideración legal de muerte natural a todos los efectos.
El proceso por el que ha tenido que pasar Noelia para lograr la eutanasia
Noelia tiene que haber formulado dos solicitudes de eutanasia de manera voluntaria y por escrito, o por otro medio que permita dejar constancia, y que no sea el resultado de ninguna presión externa, dejando una separación de al menos quince días naturales entre ambas.
La solicitud de prestación de ayuda para morir a deberá hacerse por escrito, debiendo estar el documento fechado y firmado por el paciente solicitante. El documento deberá firmarse en presencia de un profesional sanitario que lo rubricará. Si no es el médico responsable, lo entregará a este. El escrito deberá incorporarse a la historia clínica del paciente.
Una vez recibida la primera solicitud de prestación de ayuda para morir, el médico responsable, en el plazo máximo de dos días naturales, una vez verificado que se cumplen los requisitos previstos erealizará con el paciente solicitante un proceso deliberativo sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, asegurándose de que comprende la información que se le facilita.
Una vez recibida la segunda solicitud, el médico responsable, en el plazo de dos días naturales, retomará con el paciente solicitante el proceso deliberativo al objeto de atender, en el plazo máximo de cinco días naturales, cualquier duda o necesidad de ampliación de información que se le haya planteado al paciente tras la información proporcionada después de la presentación de la primera solicitud. Transcurridas veinticuatro horas tras la finalización del proceso deliberativo al que se refiere el apartado anterior, el médico responsable recabará del paciente solicitante su decisión de continuar o desistir.
En el caso de que el paciente decida continuar, el médico responsable deberá consultar a un médico consultor, quien, tras estudiar la historia clínica y examinar al paciente, deberá corroborar el cumplimiento de las condiciones que marca la ley en el plazo máximo de diez días naturales desde la fecha de la segunda solicitud. Una vez cumplido esto, el médico responsable, antes de la realización de la prestación de ayuda para morir, lo pondrá en conocimiento del presidente de la Comisión de Garantía y Evaluación, en el plazo máximo de tres días hábiles.
Una vez recibida la comunicación médica, el presidente de la Comisión de Garantía y Evaluación designará, en el plazo máximo de dos días, a dos miembros de la misma, un profesional médico y un jurista, para que verifiquen si, a su juicio, concurren los requisitos y condiciones establecidos para el correcto ejercicio del derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir.
A partir de este momento, entre 30 y 40 días tras la petición original, ya se puede llevar a cabo la eutanasia en el momento en el que decida la persona que la solicitó (no tiene por qué ser inmediatamente después de recibir la autorización). Cinco días después de la ayuda médica a morir, el médico debe remitir a la CEG un informe sobre todo el procedimiento.
Una vez que el paciente manifiesta su deseo de continuar con el procedimiento, el médico responsable deberá comunicar esta circunstancia al equipo asistencial, especialmente a los profesionales de enfermería, así como, en el caso de que así lo solicitara el paciente, a los familiares o allegados que señale. Igualmente, deberá recabar del paciente la firma del documento del consentimiento informado.
La ley también establece la posibilidad de el solicitante haya suscrito con anterioridad un documento de instrucciones previas, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos, en cuyo caso se podrá facilitar la prestación de ayuda para morir conforme a lo dispuesto en dicho documento. En el caso de haber nombrado representante en ese documento será el interlocutor válido para el médico responsable.
El solicitante de la prestación de ayuda para morir podrá revocar su solicitud en cualquier momento, incorporándose su decisión en su historia clínica. Asimismo, podrá pedir el aplazamiento de la administración de la ayuda para morir.
