Condenado a 24 años y medio de prisión “Dinamita Montilla” por asesinar a un joven en los Montes de Málaga

Condena Dimanita Montilla
Dinamita Montilla en una de las sesiones del juicio celebrado en Málaga. Europa press
  • La Audiencia de Málaga considera probado que siguió a la víctima hasta una finca aislada y le disparó dos veces con una escopeta

  • El ADN hallado en la mochila del fallecido fue una de las pruebas clave para identificar al acusado

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La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a 24 años y medio de prisión a José J. M., conocido como “Dinamita Montilla” y con varias condenas por crímenes cometidos a finales de los años 80, por el asesinato de un joven en los Montes de Málaga en agosto de 2022 y el posterior robo de sus pertenencias. 

La sentencia se dicta después de que un Tribunal del Jurado emitiera un veredicto de culpabilidad en el que consideró acreditado que el acusado acabó con la vida de la víctima aprovechando que se encontraba sola en una zona rural y aislada. 

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Un encuentro que terminó en tragedia 

Según recoge la resolución judicial, los hechos ocurrieron el 29 de agosto de 2022, cuando el joven acudió a una zona de los Montes de Málaga para recoger algarrobas en las proximidades de una parcela familiar. 

El jurado concluyó que allí coincidió con el acusado, que portaba una escopeta, y que ambos mantuvieron una breve conversación. Posteriormente, la víctima se dirigió a una finca cercana sin percatarse de que estaba siendo seguida. 

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La sentencia considera probado que el procesado esperó a encontrarse en una situación en la que el joven se hallaba completamente solo y sin posibilidad de recibir ayuda. Fue entonces cuando le disparó con una escopeta, alcanzándole en el cuello. 

Tras el primer disparo, la víctima cayó al suelo. Según los hechos declarados probados, el acusado volvió a dispararle, esta vez en la cabeza, causándole la muerte de forma inmediata. 

Después del crimen, el robo 

Una vez fallecido el joven, el condenado accedió a la mochila que llevaba consigo y se apoderó de los objetos de valor que encontró en su interior antes de abandonar el lugar. 

Para cometer el crimen utilizó una escopeta cargada con dos cartuchos semimetálicos del calibre 12. Además, carecía de licencia para la tenencia y uso de armas de fuego. 

El jurado descartó que el homicidio se produjera para facilitar el robo. Por el contrario, consideró acreditado que la intención inicial del acusado era matar a la víctima y que la sustracción de los efectos personales se produjo posteriormente. 

El ADN de la mochila fue determinante 

Uno de los elementos más relevantes de la investigación fue el hallazgo de material genético del acusado en la mochila de la víctima. 

Durante el juicio, José J. M. negó haber estado en el lugar de los hechos. Sin embargo, los análisis de ADN localizaron su perfil genético en el tirador de la cremallera principal de la mochila que portaba el joven. 

La sentencia destaca que no existía ninguna relación previa entre ambos que pudiera justificar la presencia de ese ADN, por lo que considera incompatible dicha prueba con la versión exculpatoria ofrecida por el acusado. 

Junto a los informes periciales y policiales, esta evidencia fue considerada fundamental por los miembros del jurado para concluir que el condenado estuvo en la escena del crimen y manipuló las pertenencias de la víctima tras su muerte. 

Reincidencia y máxima gravedad 

El tribunal también ha apreciado la agravante de reincidencia al recordar las condenas anteriores del acusado por delitos violentos. 

Los miembros del jurado señalaron en su veredicto que el procesado actuó aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de la víctima y destacaron que, al igual que en hechos por los que ya había sido condenado en el pasado, se aseguró de la muerte de la persona atacada. 

Por el delito de asesinato, la Audiencia le impone una pena de 20 años de prisión. A ello se suman un año de cárcel por tenencia ilícita de armas y tres años y medio por robo con violencia, hasta alcanzar una condena total de 24 años y seis meses. 

Más de 200.000 euros de indemnización 

Además de las penas de prisión, la sentencia establece la obligación de indemnizar a los padres del joven fallecido. 

Cada uno de ellos recibirá 76.790 euros por el daño moral sufrido y otros 25.000 euros por perjuicio excepcional, además de las cantidades correspondientes a los objetos sustraídos a la víctima. 

La resolución también prohíbe al condenado residir o acudir durante 30 años a los municipios donde tengan fijado su domicilio los familiares directos del fallecido. 

El jurado se mostró además contrario a cualquier posibilidad de indulto o suspensión de la condena, al considerar especialmente grave la conducta del acusado y plenamente acreditada su responsabilidad en los hechos.