La joven que mató a su bebé recién nacida al ahogarla al tirar de la cadena del váter en Menorca, condenada a un año y diez meses de cárcel
La Fiscalía y la defensa acuerda suspender su ingreso en prisión
Detienen a una joven de 19 años por abandonar el cadáver de su bebé en una bolsa de basura en un contenedor de Majadahonda, Madrid
El caso provoca escalofríos. Una joven de 22 está embarazada. Dice no saberlo, no haberse dado cuenta y queda en estado de shock cuando da a luz en el cuarto de baño. Su siguiente decisión aún es más sorprendente. Al no oír llorar al bebé, piensa que está muerto y tira de la cadena. La recién nacida muere ahogada por el agua del inodoro. La joven llama a Emergencias. Los hechos ocurrieron el 10 de septiembre de 2024.
La joven no cogió al bebé ni le dio las mínimas atenciones que requiere un recién nacido, como reanimarlo, alimentarlo y abrigarlo. De hecho, La víctima también tenía ocluidas la boca y la nariz por las membranas ovulares que recubren al recién nacido. No hizo nada. La dejó en el váter a la niña y descargó la cisterna del inodoro. Este acto provocó que la bebé muriera por falta de oxígeno, debido una asfixia por sumersión y a la aspiración de agua dulce.
Hasta el momento del parto, ni la acusada ni su novio eran conscientes del embarazo. Cuando la joven empezó a sentir dolores, su pareja acudió a una farmacia y finalmente llamó varias veces al 061 para pedir ayuda. El bebé llegó rápido. Los médicos forenses que practicaron la autopsia certificaron que la bebé había nacido viva y que murió asfixiada, lo que llevó al grupo de Homicidios de la Policía Nacional a detener a la madre a finales de noviembre de ese año en Granada, donde residía en aquel momento.
Hoy se ha sabido su condena. Un año y diez meses de cárcel. La Fiscalía ha rebajado su petición inicial de ocho años de prisión por un delito de asesinato al modificar sus conclusiones iniciales. La joven ha reconocido los hechos ante el magistrado que presidía la vista, se ha declarado autora del delito y ha aceptado la condena. La sentencia, fruto del acuerdo entre la Fiscalía y la defensa, señala que la acusada no sabía que estaba embarazada y quedó en estado de shock tras el parto en el cuarto de baño. La Fiscalía y la defensa han acordado suspender su ingreso en prisión.
La sentencia avanzada oralmente tiene en cuenta, por un lado, el agravante de parentesco y, por otro lado, la circunstancia atenuante de alteración psíquica, al entender que la ahora condenada estaba en estado de shock. La mujer, que no tenía antecedentes, no entrará en prisión con la condición de no cometer ningún delito en los próximos tres años.
La niña era fruto de una relación de la joven con su anterior pareja, que no mantiene ninguna relación con ella y ha renunciado a todas las acciones civiles y penales.
