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La jueza de la DANA denuncia una "campaña difamatoria" de un "machismo atroz" de la defensa de Argüeso para apartarla de la investigación

Ciudad de la Justicia de Valencia. Europa Press
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ValenciaLa jueza de Catarroja (Valencia) que instruye la causa penal de la DANA, Nuria Ruiz Tobarra, ha denunciado este martes una campaña "difamatoria" y que desprende "un machismo atroz" contra ella por parte de las defensas y algunos medios de comunicación. Informa Elsa Ascaso.

En uno de sus primeros autos tras el periodo inhábil de agosto, la magistrada ha reprochado al letrado José María Bueno, que defiende a Emilio Argüeso, ex secretario autonómico de Emergencias, la petición de diligencias de investigación orientadas a determinar la posible injerencia del marido de la instructora, también juez, en la causa.

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Además, ha ordenado la formación de una pieza separada dirigida a determinar la procedencia de una sanción al abogado por el contenido del escrito en el que pedía la citación de nuevo de dos testigos e información sobre la posible participación del marido de la jueza en esos interrogatorios.

En un auto fechado el lunes y hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la instructora da cuenta de las "quejas ante el CGPJ, denuncias y querellas" contra ella desde el inicio de la instrucción, en las que "se repiten y publicitan informaciones que no son sino parte de una campaña difamatoria y que destila un machismo atroz".

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"Sucesivas informaciones periodísticas me han denigrado como juez y como mujer. Dichos artículos albergan, en el apartado destinado a comentarios, un discurso de odio que incluye insultos y amenazas hacia esta juez de instrucción y hacia mi marido", señala.

"Hay que recordar a los letrados que uno de los fundamentos del Estado de Derecho, reconocido constitucionalmente, es la independencia e inamovilidad de jueces y magistrados, así como el juez ordinario predeterminado por la ley. Los jueces no se eligen por las partes", señala la jueza.

Deontología profesional

Sobre las peticiones de prueba solicitadas por el letrado del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, la instructora apunta: "Pretenden acreditar que el procedimiento es dirigido por mi esposo, que dirige interrogatorios y dicta resoluciones. Se violan por dicho letrado frontalmente todos los principios más elementales de deontología profesional".

"Se pretende convertir por el letrado Bueno este procedimiento en el lugar, no donde se investiguen los homicidios y lesiones imprudentes, sino donde se me investigue a mí y por supuesto a mi marido. Una deriva aberrante del procedimiento que se acepta sin complejos", añade.

Además, considera que el letrado de Argüeso "es conocedor de que los fotogramas que están circulando jamás pueden corresponder a la grabación de la declaración -de testigos-, dado que ninguna es facilitada a las partes".

"Uno de los letrados que participó telemáticamente vía webex en la declaración continuó utilizando el sistema -tras la declaración de varios testigos- grabando subrepticiamente a todos los que entraban en la sala, no solo a mí, a mi marido, sino incluso a mi propia hija, menor de edad, que también entró en la sala en dicho día, tras la práctica de la declaración. Ha de recalcarse esto especialmente: algún letrado del procedimiento grabó a mi hija menor de edad, lo que es absolutamente repugnante", remarca la jueza.

Un nuevo enfrentamiento con este letrado

El pasado mes de mayo la jueza decidió dejar sin efecto la personación como acusación popular del sindicato de funcionarios Manos Limpias por considerar que el letrado José María Bueno -abogado defensor de Argüeso- era también representante de esta entidad.

La magistrada explicó en su resolución que Bueno representa a Manos Limpias como acusación en otros asuntos -entre ellos el que se dirige contra el hermano de Pedro Sánchez- y llegó a definirse a sí mismo en una entrevista en un diario nacional como "abogado de referencia" y "jefe de los servicios jurídicos" de Manos Limpias.

Por ello, consideró que la acción penal que ejercería esa entidad como acusación popular contra el que fuera 'número dos' de la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, "sería completamente inocua".

En junio Manos Limpias interpuso una querella por prevaricación contra la jueza, que fue desestimada un mes más tarde por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana por un error de forma. 

Citación como testigo del presidente del CHJ

La magistrada, en otro auto, ha citado como testigo para el próximo 19 de septiembre a las 9.30 horas al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo.

Así consta en una diligencia de ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia que, además, cita a declarar, igualmente como testigos, a un oficial jefe del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, el día 10 de septiembre, y un técnico forestal del propio Consorcio el día 3 de octubre. Ambas citaciones también a las 9.30 horas.

Por otro lado, la magistrada, en un auto, ha vuelto a rechazar la declaración como investigada de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, en esta ocasión solicitada por el partido Valores que la había pedido tras el informe de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil.

La Audiencia avala la decisión de no investigar a Bernabé

La instructora señala que ese documento "no aporta ningún elemento nuevo que permita determinar la atribución de responsabilidad penal" a Bernabé. En primer lugar, porque "había de haberse limitado a una cronología de los fallecimientos en relación con los desbordamientos en ríos, barrancos y presas, no podía efectuar ningún tipo de valoración sobre responsabilidad de los intervinientes en los hechos, negligencia o fallo de los sujetos intervinientes".

Al respecto, recuerda que en un auto del 29 de julio ya se expresó que esto era una valoración "netamente jurisdiccional que no podía trasladarse, y no se hizo en ningún momento a la Policía Judicial". Y en segundo lugar, porque "de lo que son datos objetivos no se puede inferir indicios de responsabilidad penal" respecto de Bernabé.

En esta línea, añade que la acusación particular que formula la petición, cuando se dio traslado de la existencia de indicios de responsabilidad penal en relación con los dos investigados --la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y su ex número dos, Emilio Argüeso-- hablaba de una situación de "fuerza mayor" que "impidió reaccionar con la eficacia deseable".

Por tanto, la magistrada considera que se trataría para esa acusación de una "figura novedosa" consistente en "un caso de fuerza mayor selectiva", que solo se aplicaría para los investigados pero no para la delegada.

Así, apunta también que esta petición es "una suerte de retorno procesal" y recuerda las anteriores ocasiones en las que se ha desestimado citar como investigada a Bernabé, una decisión que ha avalado cada vez la Audiencia Provincial.

En esta línea, añade que, dejando de lado las argumentaciones de esta parte, "que no se comparten en absoluto respecto de la previsibilidad de la dana y como se desarrollaron los acontecimientos, o mejor, como no se desarrollaron en absoluto por quien tenía la competencia en la emergencia en el seno del Cecopi", la magistrada ve "evidente" que en la petición de esa acusación "nuevamente se obvia la atribución competencial en materia de protección civil" y lo ya resuelto por la Audiencia.