Condenado un joven en Castellón por incitar a "tirar a matar" contra los migrantes que "se acerquen a nuestras costas intentando entrar"
El condenado, vinculado a la extrema derecha, colgó varios vídeos en redes sociales cuando cientos de migrantes cruzaron la frontera por la playa de El Tarajal, en Ceuta, en 2021
Los expertos explican cómo es el largo proceso de repatriación tras la polémica en Hortaleza
CastellónLa Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a dos años y seis meses de prisión a un joven de Castellón por instigar en las redes sociales a “tirar a matar” contra las miles de personas migrantes que el 17 de mayo de 2021 cruzaron la frontera por la playa de El Tarajal, en Ceuta. Un día después de que se produjera esta entrada masiva, un ultra vinculado a formaciones de extrema derecha colgó en su canal de YouTube -llamado “La opinión de un anticomunista franquista”- un vídeo titulado “Contra el invasor hay que tirar a matar”. En esta publicación afirmaba textualmente: “Yo creo que ha llegado la hora de utilizar las ametralladoras y los fusiles contra los que se acerquen a nuestras costas intentando entrar”, “Las ametralladoras no están para que se oxiden en los cuarteles”, "... Una gente que no es que deba importarnos, es que además nos estorba".
El 30 de mayo volvió a incitar a la violencia contra las personas migrantes. Publicó otro vídeo bajo el título “En la frontera, menos abrazos y más bombazos”, en el que afirmaba que el control y protección de las fronteras debe hacerse a toda costa aunque suponga “la muerte masiva o no masiva de invasores, sean estos civiles o militares”. Y finaliza el vídeo: “Menos abrazos y más bombazos, Por España, siempre por España.”
Tras detectar estos vídeos y otras publicaciones, la asociación València Acull formuló una denuncia por delito de odio ante la Fiscalía, que desencadenó su procesamiento y condena. Además de la pena de cárcel, la Audiencia también le ha impuesto inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena; multa de nueve meses con cuota diaria de 6 euros; cinco años y seis meses de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ambiente docente, deportivo y de tiempo libre, y al pago de las costas procesales.
La sentencia no es firme pues está pendiente de resolución del recurso de casación presentado ante el Tribunal Supremo.