(Ampliac.) Competencia multa a Sedigas y a la patronal de gases licuados con 1,4 millones por pactar precios

EUROPA PRESS 02/08/2012 11:34

En concreto, el consejo de la CNC ha sancionado con una multa de 900.000 euros a Sedigas y con otra de 500.000 euros a AOGLP.

"Las conductas sancionadas habrían reducido la incertidumbre de los distribuidores sobre el comportamiento de unos y otros en materia de precios y se habría distorsionado el proceso de formación de los mismos, porque los precios acordados y recomendados tienden a actuar de mínimo o al menos de referencia, en un mercado concreto o conjunto de mercados, aunque sean regulados", señala la CNC.

De hecho, del análisis realizado se desprende que en muchos de los casos los precios fijados por las comunidades autónomas han seguido de cerca los precios recomendados por las asociaciones, apunta Competencia.

Las conductas analizadas se producen tras la aprobación del Real Decreto 919/2006, que supuso la modificación del sistema existente hasta entonces de inspecciones de instalaciones receptoras de gas canalizado, descentralizando en las comunidades autónomas la regulación de los precios de estos servicios que debe prestar el distribuidor en régimen de monopolio.

Así, según Competencia, en el seno primero de Sedigas y luego de la AOGLP las empresas distribuidoras acordaron los precios que se debía recomendar que fijaran a las administraciones autonómicas, la justificación de tales cifras, la necesidad de recomendar que se actualizaran anualmente, así como la forma en que se haría llegar esta información a las comunidades autónomas.

Esta forma de proceder por parte de las asociaciones se ha extendido a otros servicios, como el de alta, enganche y verificación para el que las comunidades autónomas también tienen que fijar precios o para otros que deben prestarse en competencia.

En su resolución, la CNC considera que mediante las conductas analizadas los distribuidores, a través de sus asociaciones, han coordinado su conducta en materia de costes, precios y actualización de los mismos.

Esto se ha producido en la mayor parte de los casos con bastante anticipación a la regulación del precio, según Competencia. Además, para algunos de los servicios esta coordinación se ha producido aunque las propuestas posteriormente no se hicieran llegar a la Administración, poniendo de manifiesto que no tenían una naturaleza meramente consultiva.

"Ello supone que, en tanto en cuanto las comunidades autónomas no regularon tarifas, pero los servicios si se vinieron prestando, los precios acordados y su actualización actuaron de referencia para las empresas que debían fijar sus precios de manera unilateral", señala Competencia.

Con esta estrategia también se ha impedido, según la CNC, que las administraciones hayan accedido a la información individual y real de costes de las empresas y permitido su comparación.

La CNC considera que la información individual se ha sustituido por una postura común de la asociación que ha decidido consensuar cuáles debían ser los costes y los precios de referencia, distorsionando el mecanismo de formación de tales precios.