CiU exige que Báñez aclare en el Congreso su "injusta decisión" respecto a la jubilación anticipada

EUROPA PRESS 14/08/2014 12:41

En una nota de prensa, el nacionalista catalán asegura que esta medida "no se ajusta a la legalidad" y "perjudica a las personas de mayor edad y de más difícil recolocación". "No se puede dejar tiradas de esta forma a 35.000 personas que se encuentran en el paro", recalca el diputado, que adelanta su intención de presentar alguna iniciativa en la Cámara Baja para revertir esta situación.

"La gravedad de esta decisión exige que la ministra dé explicaciones a los grupos parlamentarios y exponga qué alternativas puede dar para aquellas personas que, de un día para otro, se encuentran con que no pueden acceder a una jubilación anticipada previamente reconocida por Empleo porque el Ministerio ha cambiado unilateralmente los criterios que regían hasta ahora para acceder a la misma", insiste Campuzano.

ACLARACIÓN DE LA INTERPRETACIÓN

Estas quejas se refieren a la orden dictada el pasado mes de junio por la Dirección General de la Seguridad Social en la que apelaba a una orden de 2003 para aclarar a todas sus delegaciones territoriales que las personas que sufrieran un despido individual antes del 1 de abril de 2013 y que contrataran posteriormente un convenio especial personal con la Seguridad Social no podrán jubilarse a los 61 años sino que deberán esperar a los 63.

Y es que en la reforma de la jubilación anticipada aprobada el año pasado, que elevó en dos años la edad mínima para optar a esta modalidad, se estableció un periodo transitorio hasta 2019 durante el que los afectados por despidos colectivos o quienes hubieran sido despedidos antes del 1 de abril de 2013 y luego no hubieran vuelto a ser dados de alta podrían acogerse a las condiciones anteriores, es decir, a la jubilación anticipada a los 61 años.

Sin embargo, los despedidos de forma individual hasta el 1 de abril pasado que han mantenido un convenio individual con la Seguridad Social son considerados a todos los efectos como trabajadores en alta, por lo que no se les podía aplicar la anterior normativa sino que deben esperar hasta los 63 años para jubilarse.

La consecuencia, por tanto, es que unas 7.000 personas al año hasta 2019 --es decir, unas 35.000-- no podrán optar a la jubilación anticipada a los 61 años, sino que deberán esperar dos años más. No obstante, Empleo asegura que esto no es un cambio de criterio sino únicamente una aclaración sobre la interpretación de una norma ya existente.

En cualquier caso, desde el Ministerio aseguran que no todas estas personas que fueron despedidas antes del 1 de abril de 2013 tienen intención de jubilarse anticipadamente, y que la mayoría son altos directivos que salieron de grandes empresas y que cuentan con pensiones máximas.