Santander compensará a los clientes de Popular que acudieron a la ampliación de capital

Informativos Telecinco/Agencias 13/07/2017 18:58

Santander también compensará a los clientes que adquirieron obligaciones subordinadas computables como 'Tier 2' entre el 29 de julio de 2011 y el 14 de octubre de 2011 y las mantuvieran depositadas en alguna de las redes del Popular en España o de Santander en el momento de la resolución.

En un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el banco que preside Ana Botín ha informado de que quedan excluidos de la acción comercial tanto los miembros del consejo de administración de Banco Popular hasta su resolución, como las personas vinculadas a dichos consejeros y los accionistas que, individual o concertadamente, hayan tenido participación significativa declarada en la entidad.

La oferta consiste en la entrega al cliente, sin desembolso alguno por su parte, de bonos que darán derecho a un cupón efectivo discrecional y no acumulativo a un tipo interés nominal anual del 1% pagadero trimestralmente.

Serán obligaciones perpetuas emitidas por Santander, con 100 euros de valor nominal, y que se podrán amortizar a partir de los siete años a voluntad del banco cántabro, previa autorización del Banco Central Europeo (BCE). Cuando se produzca su amortización, el titular recibirá el 100% del valor nominal del bono de fidelización.