El Tribunal Superior de Justicia Valenciano rechaza el recurso del fiscal y ratifica la imputación de Mónica Oltra

AGENCIA EFE 05/07/2010 15:39

Según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el magistrado también mantiene la calificación de los hechos, así como que sea la Sala de lo Civil y Penal la que se pronuncie sobre si la causa debe ser juzgada en este tribunal o en el juzgado ordinario competente.

El fiscal impugnó la calificación jurídica de los hechos, ocurridos durante un desalojo forzoso en el barrio del Cabanyal de Valencia, pues considera que ni siquiera son constitutivos de una falta, motivo por el que solicitó el sobreseimiento de la causa al no apreciarse infracción penal.

La Fiscalía "entiende que se puede incumplir una orden directa dada por un agente de la autoridad", pero puntualiza que ese acto "no es ni siquiera falta, es decir, no es desobedecer levemente a un agente de la autoridad".

Este argumento se rechaza en un auto, contra el que no cabe recurso alguno, en el que el juez instructor argumenta que los hechos concretos de esta causa son "un supuesto paradigmático de lo que es desobedecer levemente, pues si así no fuera se tendría que suprimir el artículo 634 del Código Penal".

El auto también desestima la posibilidad de error en cuanto a la conformidad a Derecho de la actuación de los policías que intervinieron en el desalojo y tampoco se acepta que sea el instructor quien decida sobre la competencia para conocer el procedimiento, cuestión que debe dilucidar la Sala de lo Civil y Penal.