La acusación popular pedirá ocho años de cárcel para la Infanta Cristina

Julio Muley 24/11/2014 07:27

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Virginia López Negrete, letrada de la acusación popular, va a por todas. No se conforma con aplicar el delito fiscal, tal y como aparece en el actual Código Penal.

La abogada, ajena a las últimas voces y comentarios que hablan de negociaciones y pactos ocultos, pedirá esos ocho años de cárcel para Cristina de Borbón en base a un subtipo agravado del delito fiscal anterior a la reforma del Código Penal de 2010.

Para los que no estén familiarizados con el derecho tributario, lo que hace la abogada es aplicar el artículo 305.1.b del Código Penal de 1995 vigente cuando los Duques de Palma decidieron en 2007 y 2008 tributar los ingresos de Iñaki Urdangarín a través de la sociedad Aizoon, propiedad al 50 por ciento del matrimonio. Maniobra con la que el ex jugador de balonmano se ahorró más de 300.000 euros de impuestos. Claro que con un pequeño problema; esa maniobra es tan típica como ilegal. Los ingresos personales, dicho con más propiedad, los rendimientos del trabajo, vengan de donde vengan, se declaran en el IRPF; ya saben, junio, programa PADRE.

Cuatro años por delito

El artículo en cuestión al que recurre la abogada de Manos Limpias para acusar a la Infanta contempla un máximo de cuatro años de cárcel por cada uno de los dos delitos que le imputan a Cristina de Borbón al establecer como agravante la “existencia de una estructura organizativa que afecte o pueda a afectar a una pluralidad de afectados tributarios” (el entrecomillado es del artículo del Código Penal; literatura y legislación nunca casaron bien).

Además, tiene cierto truco; ese subtipo agravado limita a tres años de prisión el mínimo de pena que se puede imponer. Toda una apuesta para impedir la aplicación del artículo 80 del Código Penal. Si se preguntan qué artículo es ese, seguro que les suena: es el que permite a los tribunales dejar a su criterio suspender las condenas de cárcel inferiores a dos años. Vamos, el artículo que ha pasado de largo para Isabel Pantoja o Jaume Matas.

De vuelta al caso Noos, la acusación insiste en que la duquesa fue cooperadora en el doble fraude que llevó a cabo su marido en 2007 y 2008 al dejar de pagar a Hacienda 337.143 euros.

En su escrito de acusación, Manos Limpias no duda de la responsabilidad de la Infanta en la supuesta comisión de esos dos delitos: “ la Infanta Dña. Cristina, desde el momento en el que era copartícipe de la sociedad ficticia, estaba contribuyendo con su participación en dichas sociedades simuladas o meras pantallas a defraudar al fisco, beneficiándose además de ello, ya que el dinero que recibía Aizoon no se quedaba en su cuenta, sino que se disponía del mismo por sus socios sin que tampoco estos declarasen esos dividendos en su impuesto sobre la renta” y concluye que “colaboró en la ocultación de tales beneficios “

En esa línea, el escrito de acusación sostiene que “la Infanta Doña Cristina ha intervenido, de una parte, lucrándose en su propio beneficio, y, de otra, facilitando los medios para que lo hiciera su marido, mediante la colaboración silenciosa de su 50% del capital social, de los fondos ilícitamente ingresados en su sociedad Aizoon procedentes de los lucrados por el Instituto Noos”.

Estos ocho años de cárcel será la única acusación que pese contra la Infanta. La Fiscalía Anticorrupción limitará su responsabilidad al plano económico. Le reclamará cerca de 600.000 euros por haber participado a título lucrativo con los delitos supuestamente cometidos por su marido.