La Audiencia de Ourense absuelve a un profesor juzgado por seis delitos de abusos sexuales

EUROPA PRESS 15/10/2014 18:20

La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto al profesor de Celanova juzgado la pasada semana por seis delitos de abusos sexuales a varias alumnas, un juicio que se celebró a puerta cerrada y en el que prestaron declaración una treintena de personas.

La sentencia, dada a conocer por el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia, indica que, tras valorar "en conciencia" la "abundante" prueba desplegada en el juicio, "no se obtuvo la convicción de que los hechos hayan ocurrido tal y como se relata en los respectivos escritos" de las acusaciones pública y particular.

Asimismo, la Sala considera que la prueba de cargo aportada por ambas acusaciones "no ha sido suficiente para desvirturar el principio de presunción de inocencia" que ampara a cualquier acusado.

La sentencia detalla las "dificultades de valoración" de las pruebas, pues partieron de "dos bloques" de versiones "absolutamente contradictorias". Así, por un lado esta la madre de una de las menores que denunció posibles abusos sexuales, junto con el testimonio de las menores y, por otro, el del propio acusado "que, aunque asume que era especialmente afectuoso" con sus alumnos y alumnas, "niega que tales abusos ocurrieran".

Según la resolución judicial, los relatos sobre tocamientos concretos y besos en la boca no coinciden, pues los que algunas menores explicaron que ocurrieron a otras compañeras eran negados luego "rotundamente" por éstas, y, además, "todas las menores admiten y asumen que el acusado era un buen profesor".

En el mismo sentido, la sentencia detalla que la "verosimilitud" también queda en entredicho, pues "los relatos de las menores carecen de corroboraciones periféricas" por dos motivos. El primero, porque no hubo "afectación psicológica constatable", y el segundo porque "no fue posible elaborar un dictamen sobre credibilidad" sobre sus testimonios. Por todo ello, la sala de la Audiencia concluye que los hechos "no han resultado acreditados".

"EXTRALIMITACIÓN EFUSIVA"

En el mismo sentido, la Sala dice no se puede concluir que el acusado Manuel A.G, "hiciese a ninguna de sus alumnas víctima de tocamientos con significante sexual", ni considera que la posible "extralimitación efusiva" que pudo ocurrir sea un acto tendente "a satisfacer un propósito lascivo, no factible a la luz de la prueba practicada", lo que aboca a la Audiencia, según el texto, a un pronunciamiento absolutorio.

Esta sentencia no es firme, sino que admite recurso de casación, ante la sala segunda del Tribunal Supremo, presentado en los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia.

El caso del profesor de Celanova partió de una denuncia ante la Guardia Civil en abril de 2012. Los hechos investigados en instrucción derivaron en la acusación por parte del Fiscal, atribuyó al docente seis delitos de abusos sexuales cometidos contra alumnas de quinto de primaria. Por ellos, le pedía una pena de 30 años de prisión en conjunto, alejamiento y prohibición de impartir docencia a menores durante 5 años.