El fiscal rebaja a 3 años y medio su petición para ex directivos de Banesto

AGENCIA EFE 15/05/2009 13:36

En la Audiencia de Barcelona ha quedado hoy visto para sentencia el juicio que se ha seguido contra los ex altos directivos de Banesto y el abogado externo, acusados finalmente por el fiscal de un delito continuado de acusación y denuncia falsa -y no cuatro como hacía al inicio del juicio- y otro delito continuado de estafa procesal en grado de tentativa.

Esta sustancial modificación en su escrito de acusaciones ha comportado que el fiscal haya retirado los cargos contra el ex director general de la entidad, José Ángel Merodio, al considerar que cuando entró en Banesto la querella ya estaba en marcha y no pudo hacer nada para evitarlo.

Además, ha rebajado la petición para Sáenz, Calama y De Parga porque entiende que cometieron un único delito continuado de acusación y denuncia falsa, por el que les pide a cada uno dos años y seis meses de cárcel y una multa de 72.000 euros, así como un delito continuado de estafa procesal en grado de tentativa, por lo que solicita un año de cárcel y una multa de 18.000 euros.

Según el fiscal Anticorrupción, David Martínez Madero, a Sáenz, Calama y De Parga "se les fue la mano" en su objetivo de recuperar "a toda costa" los créditos cedidos por el banco, por lo que no dudaron en presentar una querella sin fundamento alguno contra los empresarios Pedro Olbarría y los hermanos Luis e Ignacio Romero, que incluso llegaron a ingresar en la cárcel.

El caso se remonta al año 1994, cuando Banesto denunció a los empresarios Pedro Olabarría y a los hermanos Luis y José Ignacio Romero por un delito de estafa y alzamiento de bienes, al existir una deuda de 600 millones de pesetas de las empresas de las que eran accionistas, el grupo Harry Walker.

Los hechos ocurrieron poco después de la intervención de Banesto por el Banco de España, el 28 de diciembre de 1993, cuando fue nombrado presidente Alfredo Sáenz, según el fiscal con la "incuestionable vocación" de reflotar las "complicadas circunstancias de gestión y solvencia del banco mediante, entre otros medidas, la recuperación de 'créditos dificultados'".

Por este motivo, se agilizó un aluvión de reclamaciones en vía de los contencioso, lo que obligó a acudir a abogados externos, como Jiménez de Parga, a quien Calama le encomendó la preparación e interposición de la querella contra los tres empresarios, con el objetivo, según el fiscal, de presionar para obtener el cobro de las deudas.

Según el fiscal, Sáenz, Calama y De Parga siguieron adelante con la querella pese a que sabían que era "jurídicamente insostenible y fácticamente contraria a la realidad" y contaron con la "colaboración inestimable" del juez de Barcelona Lluis Pasqual Estevill, condenado por el Tribunal Supremo por prevaricación.

Martínez Madero considera en sus conclusiones que no se puede asegurar que ninguno de los acusados tuviera como objetivo que los tres empresarios ingresaran en la cárcel -como ocurrió por unos días-, pero sí que eran conscientes de que la acusación era "plenamente falsa".

Según el fiscal, con el "afán injusto" de obtener "a toda costa" un beneficio económico para Banesto, Sánez sabía que Calama y Jiménez estaban llevando adelante sus directrices y no ordenó, pudiéndolo hacer, que se aportaron al juzgado correspondiente los datos que permitieran el archivo de la causa, por lo que su labor "se torció" y acabó llevando a la cárcel a personas inocentes.