En el acuerdo aprobado por el organismo arbitral en su reunión de este jueves, que recoge Europa Press, la JEC argumenta que la cinta no contraviene lo previsto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Según el organismo, "no puede considerarse como poder público a la formación política que ha realizado el vídeo objeto de la denuncia", en referencia al PP, y en el vídeo "no se aprecian signos externos que permitan relacionarlo con ninguna institución".
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