El Tribunal Constitucional desestima el recurso contra la Ley de Lenguas de Aragón

EUROPA PRESS 19/03/2016 19:57

Este recurso contra varios artículos de la Ley lo presentaron, en agosto de 2013, más de 50 diputados del Congreso pertenecientes al PSOE, CHA, Izquierda Plural, Convergencia, Iniciativa per Cataluña y el Grumo Mixto.

Los motivos de inconstitucionalidad en los que se basa la impugnación se articulan en tres argumentos. El primero, y más general, se refiere a la inadecuación de la nueva regulación al marco constitucional de las lenguas.

El segundo denuncia la desregulación y deslegalización de aspectos esenciales del régimen jurídico de las lenguas propias de Aragón con infracción del principio de reserva de ley. El tercero trata de la discriminación de facto que se causa a los hablantes de las lenguas propias minoritarias de la Comunidad.

El Tribunal Constitucional ha aclarado que el artículo 4.1 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés ha sido modificado por el artículo 35 de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad. Esta modificación recupera la denominación "aragonés" y "catalán" para referirse a las lenguas y modalidades lingüísticas propias de la región.

Finalmente, el Alto Tribunal no ha considerado que haya discriminación en esta Ley de Lenguas hacia los hablantes de las lenguas minoritarias.