El Tribunal Supremo revoca el archivo de la causa contra la senadora del PP Pilar Barreiro y mantiene su imputación

EUROPA PRESS 21/03/2016 19:50

Cabe recordar que el magistrado instructor del Tribunal Supremo dictó un auto en mayo de 2015 por el que decretaba el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones contra Barreiro, por lo que entendía que no existía delito ni tenía que seguirse investigando contra ella.

En cambio, la acusación popular, ejercida por IU-Verdes y el PSOE de Cartagena, recurrió el auto en apelación y ahora, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha notificado que se dictó un auto el 12 de enero de 2016 en el que estimaba sus causas, según ha hecho saber a Europa Press el abogado que representa a la acusación popular, Juan Francisco Pérez Avilés.

En consecuencia, esta nueva notificación deja sin efecto el auto de sobreseimiento y archivo y se retrotraen las actuaciones al momento inmediato anterior, es decir, al auto de mayo de 2015, al entender que se había causado indefensión a la acusación popular.

Eso significa según Pérez Avilés, que la instrucción está "más viva que nunca", y la acusación popular va a reiterar diversas diligencias probatorias que ya se habían solicitado en su día pero que no se habían resuelto. En concreto, va a pedir diligencias testificales y la nueva declaración de Barreiro en presencia de él mismo como representación de la acusación popular para poder preguntarle.

En definitiva, ha asegurado que "vamos a contribuir con la administración de Justicia para que esta fase de diligencias previas, como es su finalidad, aclare todo lo que ocurrió en relación a Barreiro, que está más investigada que nunca". Su objetivo es que "aclare y depure todas las responsabilidades que la sitúan como investigada en el caso 'Novo Carthago'".

Además, Pérez Avilés remarca que esta revocación da "virtualidad indirectamente a la investigación que se lleva a cabo en el Juzgado de Instrucción número 2 de Murcia con respecto al resto de investigados, puesto que si sobreseía libremente, significaba que no había delito en la alcaldesa. Por lógica jurídica, hubiera sido difícil demostrar que había delito en concejales o consejeros de Urbanismo, cuando las competencias son municipales", ha concluido.