La justicia europea ve ilegal exigir conocimientos de alemán para obtener el visado de reagrupación familiar

EUROPA PRESS 30/04/2014 12:26

Este requisito, establecido por Alemania en 2007, no es compatible ni con el acuerdo de asociación con Turquía ni con la directiva sobre la reagrupación familiar, según Mengozzi.

Las opiniones del abogado general no vinculan al Tribunal de Justicia, aunque éste suele seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia se dictará en los próximos meses.

En su dictamen de este miércoles, Mengozzi sostiene que el requisito de conocer alemán "es en cualquier caso desproporcionado, ya que puede retrasar indefinidamente la reagrupación familiar en el territorio del Estado miembro de que se trata y, salvo en un reducido número de excepciones definidas de forma exhaustiva, se aplica con independencia de toda apreciación de conjunto de las circunstancias pertinentes de cada caso".