El juez rechaza los careos "a tres bandas" solicitados por la defensa de Francisco Javier

INFORMATIVOS TELECINCO/AGENCIAS 25/05/2009 00:00

Francisco Javier, que el pasado 20 de mayo quedó en libertad después de tres meses encarcelado, ha acudido minutos después de las 8 de la mañana del lunes al edificio de los juzgados de Sevilla y se ha personado en el propio juzgado de instrucción 4, que investiga la muerte de Marta, en lugar de hacerlo en las oficinas habilitadas para la generalidad de imputados en un procedimiento.Por otra parte, el juez que investiga la muerte y desaparición de la joven sevillana ha rechazado los careos "a tres bandas" solicitados por la defensa de Francisco Javier entre él mismo, su hermano Miguel C.D. y el menor de edad imputado en la causa, ya que no hay ninguna contradicción que aclarar mediante tal diligencia.

Fuentes del caso han informado de que el juez ha emitido un auto aclaratorio, notificado a las partes, ya que la semana pasada rechazó los careos entre ambos hermanos porque no había contradicción entre sus respectivas declaraciones pero no se pronunció sobre los "careos a tres bandas", que han sido rechazados por las mismas razones.

En aquella ocasión, el magistrado denegó además la petición de Francisco Javier D.M. de someterse al polígrafo o máquina de la verdad, ya que no se trata de una prueba pericial reconocida por el ordenamiento jurídico español y además no puede suplantar la función de un juez de valorar la credibilidad de un testimonio.

Las fuentes han recordado que tanto Miguel como Francisco Javier han negado en todo momento que el hermano mayor estuviese en el piso de la calle León XIII de Sevilla donde supuestamente se cometió el crimen o que tuviese conocimiento de él con posterioridad, mientras que el menor de edad, que en su primera declaración judicial situó al hermano mayor en el lugar del homicidio, se desdijo posteriormente.

Francisco Javier D.M. abandonó este miércoles las instalaciones de Sevilla tras el auto dictado por Francisco de Asís Molina que decretaba su excarcelación inmediata al entender que "no subsisten los motivos" para mantenerlo encarcelado, pues "el riesgo de fuga y la posibilidad de eliminación de pruebas se han atenuado", mientras que "la posición del imputado no fue predominante en los hechos y su participación en los mismos tiene una menor entidad que el resto de imputados". MLS