Agresiones

Un año de prisión para un repartidor de Córdoba por seguir a una menor en patinete y realizarle tocamientos

Un año de prisión para un repartidor de Córdoba por seguir a una menor en patinete y tocarle el culo
El condenado alegó que era "imposible" agredir a la víctima mientras iba en patinete. telecinco.es
  • La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado un año de prisión para un hombre que siguió en patinete a la víctima y le realizó tocamientos en los glúteos

  • El agresor profirió a la menor expresiones de alto contenido sexual y degradantes

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Un repartidor de mensajería ha sido condenado a un año de prisión por un delito de agresión sexual tras perseguir en patinete a una menor de edad en plena calle y realizar tocamientos.

Así lo confirma una sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, recogida por Cordópolis. El tribunal ha reconocido la existencia de dilaciones indebidas debido a que el juzgado de instancia tardó más de ocho meses en dictar la sentencia, pero ha decidido mantener la pena de prisión.

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Los hechos tuvieron lugar el 7 de enero de 2023 cuando, sobre las 20:45 horas el acusado empezó a perseguir a la víctima, una menor de 17 años, en una calle de la capital cordobesa. Durante el seguimiento, el acusado le profirió expresiones de alto contenido sexual y degradantes, como “vente conmigo a mi casa que te voy a follar”.

Entonces, el agresor abordó a la joven y le tocó los glúteos de forma inopinada y sin consentimiento. La víctima consiguió huir y se refugió en el domicilio de un familiar tras sufrir una crisis nerviosa. El condenado huyó del lugar de los hechos ante los gritos de socorro de la menor.

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba impuso al agresor una condena de un año de prisión y tres años sin poder ejercer ninguna profesión o actividad que implique contacto directo con menores.

Además, el tribunal le impuso una orden de alejamiento de 300 metros y la prohibición de comunicarse con la víctima durante dos años y una indemnización de 500 euros por daños morales y la crisis nerviosa sufrida.

Repartidor de mensajería y vecino

El agresor recurrió el fallo alegando que la víctima no le había identificado de forma directa en el juicio y que era imposible tocar a la víctima mientras circulaba en patinete sin caerse.

Sin embargo, la Audiencia ha desestimado estos argumentos al señalar que la menor lo había reconocido ya que el agresor era conocido en la zona por ser un repartidor de mensajería que, además, vivía a unos 100 metros del lugar de la agresión. Además, la víctima lo había reconocido mediante una foto.

Por otro parte, los magistrados han indicado que “basta con circular a muy reducida velocidad” para poder consumar los tocamientos.

Dilaciones indebidas

Lo que sí ha reconocido la sala son las dilaciones indebidas, ya que el juzgado de instancia tardó ocho meses en dictar sentencia a pesar de la "simplicidad" de los hechos a juzgar.

No obstante, esta atenuante no ha tenido repercursión alguna en la condena impuesta al agresor, ya que se le había impuesto la pena mínima legal, por lo que el tribunal ha confirmado un año de prisión.

Por otro lado, la acusación particular, ejercida por el padre de la menor, solicitó la apreciación de una circunstancia agravante al entender que el ataque se produjo en unas condiciones de “tiempo y lugar” que favorecían al agresor, al ser de noche.

No obstante, el tribunal ha desestimado este planteamiento, al considerar que las 20:45 horas, en un contexto urbano “normalmente poblado e iluminado”, no suponen una situación de aislamiento que facilite la comisión del delito o impida la defensa de la víctima.

De hecho, la sentencia subraya que la joven pudo recibir ayuda de su hermano casi de manera inmediata, lo que desvirtúa cualquier indicio de un lugar remoto o desprotegido. En consecuencia, la condena dictada en primera instancia se mantiene en los mismos términos.