Volver a empezar tras una mala racha es posible con la ley de Segunda Oportunidad
El perdón para las deudas con Hacienda o la Seguridad Social tiene un límite de 10.000 euros para cada organismo
15.000 personas han podido comenzar de nuevo gracias a la ley de segunda oportunidad
Podría ocurrirle a casi todo el mundo: si la vida se tuerce, si falta el trabajo o si el pequeño negocio sale mal. Nos lo cuenta Miguel, nombre ficticio, prefiere mantenerse en el anonimato. Una deuda sobre otra que se convierten en impagables. La ley de Segunda Oportunidad permite reestructurar o, incluso, perdonar las deudas. Eso sí, no vale para las hipotecas, y hay que cumplir una serie de requisitos. Además, si se tienen bienes hay que venderlos para saldar, pero si no hay ninguna posibilidad de venta. El perdón para las deudas con Hacienda o la Seguridad Social tiene un límite de 10.000 euros para cada organismo. Y, una vez que se inicia el trámite, se paralizan los intereses, se suspenden los procesos de ejecución judiciales o extrajudiciales y no se pueden embargar más bienes. Una ley a la que, según los últimos datos, se han acogido 15.000 personas que han podido comenzar de nuevo.
La pandemia de covid ha provocado la ruina para muchos negocios
El pasado 2 de enero, el Juzgado de Primera Instancia 6 de Lleida perdonaba una deuda de 48.209 euros a un hostelero de Torrelameu (Lleida) que cerró su negocio a consecuencia de la crisis de la pandemia de Covid-19, ha explicado en un comunicado este lunes la asesoría jurídica Bergadà Asociados. La sentencia declara concluso el procedimiento concursal del empresario, archiva el caso y lo exonera del pasivo insatisfecho. La asesoría jurídica que representa al hostelero ha contado que el hombre tuvo que cerrar su negocio sin poder cumplir las obligaciones contraídas con sus proveedores al quedarse en un estado de insolvencia.
El empresario decidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad y el juzgado le ha perdonado las deudas sin un plan de pagos, y la abogada Marta Bergadà ha destacado que con esta ley "tanto empresarios como consumidores ya pueden lograr que en un tiempo récord se les perdonen sus deudas si son deudores de buena fe". Bergadà ha añadido que la buena fe que reclama la ley "se enmarca básicamente en no contar con antecedentes penales de carácter económico, ni infracciones de Seguridad Social o Hacienda de las que estén pendientes de pago sus sanciones".
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos deudores renegociar sus deudas o librarse de parte de ellas. Este procedimiento está ideado para que las personas físicas, con o sin actividad empresarial, puedan superar una situación de insolvencia grave o quiebra, según explica la web leysegundaoportunidad.
De su regulación se encarga el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. Sufrió su última reforma en septiembre de 2022, que simplificó el procedimiento y abarató los costes del mismo.
¿Cuál es el objetivo de esta ley?
El objetivo principal es ofrecer un auxilio a aquel que probadamente ha sido un buen pagador, pero que en la actualidad está viviendo un bache económico. Esto no quiere decir que una persona física se vaya a librar con cierta ligereza de unos pagos que debe asumir, ya que esta ley también protege los derechos de cobro de los acreedores.
Es cierto que las personas físicas ya contaban con la posibilidad de acudir al concurso de acreedores. Pero la realidad es que este nuevo mecanismo de segunda oportunidad se ajusta más a sus intereses y constituye un instrumento ideal para salir adelante tras una situación de insolvencia.
De esta manera, al intentar salvar en la medida de lo posible el cobro y no descuidar los intereses del individuo esta ley cumple una doble función. No obstante, no está al alcance de cualquiera y para poder acogerse a ella se han de reunir una serie de condiciones.
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal al que pueden acogerse las personas físicas, tanto particulares como autónomos y empresarios, que no puedan pagar las deudas contraídas por ser insolventes, según https://www.conceptosjuridicos.com
Es necesario tener deudas, aunque estén al corriente de pago, con al menos dos acreedores diferentes. Los acreedores pueden ser entidades financieras, proveedores, Hacienda o Seguridad Social, entre otros.
La segunda oportunidad aplica para las personas físicas residentes en España y también para los deudores extranjeros (particulares o autónomos) si tienen su residencia legalizada en España y toda su documentación en regla. También si al menos tienen en España el centro de sus intereses principales (patrimonio, bienes, negocios, administración, financiación y deuda…). Debe tenerse en cuenta que el procedimiento se tramitará en el Juzgado que pertenezca por el domicilio de empadronamiento del deudor.
Para las empresas, en lugar de la Ley de Segunda Oportunidad existe el concurso de acreedores.
¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad tiene en cuenta el historial crediticio del deudor insolvente, ya que busca beneficiar a quien ha demostrado ser buen pagador pero atraviesa una mala situación económica. No obstante, la reforma concursal ha modificado los requisitos a cumplir, y en particular alguno de los preceptos que prueban que un deudor ha actuado de buena fe.
Tras la reforma concursal, los requisitos que deben probarse para acceder a la segunda oportunidad son los siguientes:
- Que el deudor sea insolvente y demuestre no tener patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas, sin ser válida una situación de simple sobreendeudamiento.
Que el deudor sea de buena fe para poder acceder a la exoneración, es decir, no puede haber sido declarado persona afectada en la sentencia de calificación del concurso de un tercero, calificado de culpable. Tampoco puede haber sido condenado por delitos económicos o patrimoniales contra instituciones públicas como Hacienda o la Seguridad Social en los últimos diez años.
Se deroga la norma que imponía al deudor haber intentado previamente un acuerdo extrajudicial de pagos sin éxito.
- Se suprime el requisito de que el deudor no haya rechazado una oferta de empleo en los cuatro años anteriores a la declaración de concurso.
- Se reduce el plazo mínimo de diez a cinco años, que debía mediar entre una solicitud de exoneración y la exoneración anteriormente concedida al mismo deudor. Para los casos que se obtenga una exoneración mediante plan de pagos el plazo será de dos años.
Ventajas de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad
1. Hace posible cancelar las deudas y empezar de cero
La reforma concursal ha agilizado el proceso de segunda oportunidad y ha ampliado el rango de deudas exonerables a los créditos concursales y contra la masa, pudiendo el deudor cancelar total o parcialmente sus deudas para volver a empezar de nuevo.
2. Suspende el pago de deudas y cuotas mensuales a todos los acreedores
Una vez puesto en marcha el mecanismo de segunda oportunidad, deja de ser exigible el pago de las deudas contraídas con acreedores.
3. Paraliza los intereses y recargos de las deudas
La paralización inmediata del pago de las deudas supone también la paralización de los intereses y recargos devengados. En caso de que el proceso de segunda oportunidad no tenga éxito, no se generarán intereses ni recargos sobre la deuda ni será posible reclamar judicialmente su pago.
4. Interrumpe los embargos y ejecuciones
Cuando hay procedimientos judiciales de reclamación de deudas en marcha, ya sea en fase de ejecución o de embargo de bienes, deben quedar suspendidos bien solicitando el levantamiento de embargos o bien la devolución de las cantidades embargadas si procede.
5. Permite mantener los bienes y vivienda habitual del deudor
Tras la reforma no es necesario liquidar los bienes ni la vivienda habitual si el deudor se compromete a un plan de pagos a tres años y con reducción de las deudas.
Será el deudor quien deba elegir entre liquidar los bienes existentes y cancelar todas las deudas, o mantener sus bienes y aprobar un plan de pagos que cubra parte de las deudas.
6. Cancelar hasta 10.000 euros de deudas con Hacienda y otros 10.000 euros con la Seguridad Social
Con la Ley de Segunda Oportunidad, es posible conseguir una exoneración de