Jornada laboral

El derecho que tienen los empleados con hijos menores de 12 años en España para favorecer la conciliación: cómo solicitarlo

Padres y madres con sus hios en un colegio de Mérida, Extremadura. Europa Press
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En España, el derecho a reducir la jornada laboral para cuidar a hijos menores o familiares dependientes es una de las herramientas más importantes y menos conocidas en detalle para la conciliación. Sin embargo, su uso continúa profundamente vinculado a las mujeres trabajadoras. De hecho, en 2022, la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero, calificó de “escalofriante” que el 95 % de las reducciones de jornada por cuidados fueran solicitadas por mujeres, un dato que revela hasta qué punto la corresponsabilidad sigue siendo una asignatura pendiente.

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Según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en relación al estado de la conciliación en España, el 25% de las mujeres con hijas/os trabajan a tiempo parcial, un porcentaje seis veces mayor que el de los hombres. Asimismo, se ha observado que el porcentaje de mujeres en esta modalidad de contratación crece a medida que aumentan también el número de hijas/os.

Un derecho individual, amplio y protegido por ley

El Estatuto de los Trabajadores reconoce este derecho en dos frentes: la adaptación de jornada (artículo 34.8) y la reducción de jornada (artículo 37.6). Ambas figuras buscan garantizar que madres y padres puedan atender las necesidades de sus hijos, especialmente durante los primeros años de vida.

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El artículo 34.8 establece que “las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada […] para hacer efectivo su derecho a la conciliación”, un derecho que puede ejercerse hasta que los hijos cumplan 12 años. La norma también permite pedir cambios para cuidar a familiares hasta segundo grado o a personas dependientes que convivan en el mismo domicilio.

La reducción de jornada, regulada en el artículo 37.6, va un paso más allá: “Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años […] tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad”. Es decir, menos horas y menos sueldo, pero con protección legal.

Cómo se solicita y qué límites existen

La concreción horaria corresponde al trabajador, siempre dentro de su jornada ordinaria. La ley exige comunicarlo a la empresa con 15 días de antelación, salvo fuerza mayor. Si surgen discrepancias, será la jurisdicción social quien resuelva.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (21 de noviembre de 2023) ha aclarado un punto que generaba conflictos: la reducción no permite cambiar el tipo de turno. El alto tribunal subraya que la concreción horaria debe hacerse “dentro de su jornada ordinaria”, lo que impide exigir, por ejemplo, pasar de un sistema rotativo a un turno fijo de mañana. Esta precisión alivia tensiones en sectores con turnos rígidos, como comercio o grandes almacenes.

La empresa solo puede limitar el disfrute simultáneo del derecho cuando dos trabajadores lo solicitan por el mismo menor y existan razones organizativas objetivas. En ese caso, debe ofrecer un plan alternativo que garantice la conciliación de ambos.

Ampliaciones para casos de discapacidad o enfermedad grave

La ley contempla supuestos reforzados. Cuando el menor tiene discapacidad o no puede valerse por sí mismo, el derecho se mantiene en los mismos términos. Y si padece cáncer o una enfermedad grave que requiera hospitalización prolongada, la reducción mínima es del 50% de la jornada, pudiendo mantenerse hasta los 23 años, o incluso hasta los 26 si se acredita una discapacidad igual o superior al 65%.

Aunque la ley insiste en que estas reducciones son un derecho individual de hombres y mujeres, la realidad muestra una brecha persistente. La feminización del cuidado se traduce en trayectorias laborales más frágiles, salarios más bajos y menor presencia en puestos de responsabilidad.