Guía práctica para reclamar los gastos de tu hipoteca

Informatos Telecinco/agencias 18/10/2018 15:15

Los clientes que hayan firmado su hipoteca a partir de 2014 podrán reclamar a su entidad el pago del impuesto actos jurídicos documentados, tras la Sentencia del Tribunal Supremo, que rectifica Hasta ahora, los impuestos y otros gastos derivados de la firma de una hipoteca en España debían ser cubiertos por los clientes. Ya no.

La forma de reclamar será muy parecida a la de las cláusulas suelo. En este caso, la cantidad a reclamar por los clientes podría estar entre los 2.000 y los 3.000 euros, según el precio de la vivienda y la comunidad autónoma donde se ha comprado.

Puede reclamar el titular y hasta los herederos

Su acción no prescribe por lo que cualquier titular y "hasta los herederos podrían reclamar los costes hipotecarios de las hipotecas de los abuelos", afirma el director del bufete Arriaga Asociados, Jesús María Ruiz de Arriaga, que tiene abiertas 150.000 demandas en los juzgados por este asunto.

Se puede reclamar tanto si la hipoteca está activa, como si se ha vendido la casa o se han realizado novaciones sobre el préstamo inicial.

“El hipotecado, primero tendrán que poner una reclamación formal en el servicio de atención de su entidad bancaria. Si lo resuelve por esta vía, el coste será cero. Si el banco no contesta o responde de forma negativo, el cliente tendrá que acudir a la vía legal. En este caso, deberá poner una denuncia en el juzgado de cláusulas abusivas de la provincia en la que se resida”, explican desde el comparador financiero iAhorro.com. Los expertos de iAhorro destacan, que “en el caso de acudir a la vía legal deberán buscarse un abogado que les represente. En este caso, el hipotecado deberá asumir los posibles costes relacionados con la denuncia”.

¿Qué documentación necesita?

En las escrituras de la hipoteca aparecen todos los gastos de la hipoteca por lo que con este documento sería suficiente. Si el hipotecado guarda las facturas de notaria, gestoría y registro también vendría bien que las aportara. Si le falta alguno de estos documentos, en la notaria donde firmó el préstamo podrá solicitar una copia.

Dos vías para reclamar

Los clientes que formalizaron su hipoteca en 2014 y en adelante podrían reclamar el dinero correspondiente a la Hacienda de su Comunidad Autónoma, algo similar a lo que ocurre con las prestaciones por maternidad. Las comunidades autónomas devolverán automáticamente el importe pagado, y lo harán sin coste para sus arcas, ya que lo cargarán de forma inmediata a los bancos, según aseguran desde el sindicato de los técnicos de hacienda, Gestha.

La segunda vía es para las personas que compraron un inmueble hace más de cuatro años, aunque el derecho no prescribe no podrá solicitar el dinero directamente a Hacienda, sino que tendrán que hacer

1.- Para iniciar el proceso de reclamación es necesario reunir la documentación: la escritura de préstamo hipotecario cuyos gastos se pretendan reclamar y las facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría e impuestos pagados.

2.- Tendrán que redactar una carta de reclamación dirigido a la entidad bancaria solicitando los importes abonados. Es importante realizar el requerimiento a la entidad correcta para que en caso de venta o absorción entre bancos no puedan desatender la reclamación. En estos casos debe enviar el escrito de reclamación a ambas entidades.

3.- Valorar la respuesta del banco de acuerdo al razonamiento jurídico teniendo en cuenta que algunos bancos pueden intentar negociar con los clientes y hacer propuestas que no le beneficien, que implique la renuncia a sus derechos e impidiéndole reclamar judicialmente en un futuro esta y otras cláusulas.

¿Cómo calcular la cuantía?

El gravamen sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados representa entre un 0,5% y el 2% sobre el importe del préstamo dependiendo de cada comunidad autónoma. Porque el impuesto por la compra de una vivienda se calcula en función de la comunidad autónoma donde se haya adquirido la vivienda. Así, primero hay que conocer el porcentaje a pagar de los Actos Jurídicos Documentados en cada región para poder hacer la reclamación.

Estos datos arrojan que para una hipoteca de 100.000 euros puede suponer entre 500 y los 2.000 euros que tendrán que abonar las entidades bancarias, mientras que para la escritura de una hipoteca de 150.000 euros, con un gasto que oscila entre los 750 y los 2.250 euros, según ha determinado la Tercera Sala del TS del 16 de octubre tras la interpretación del texto refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Este impuesto por Actos Jurídicos Documentos varía según las comunidades autónomas: En Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y Murcia del 1,50%; en Asturias y Baleares es del 1,20%; en Canarias y la Comunidad de Madrid es del 0,75%; y en Ceuta, Melilla, Navarra y País Vasco, donde es del 0,50%.

¿Hasta cuándo puedo reclamar?

No hay límites temporales para iniciar los trámites de reclamación. Las tasas e impuestos derivados de la cancelación de una hipoteca seguirían siendo responsabilidad del cliente.