Violencia vicaria

La violencia vicaria, tipificada por primera vez como delito autónomo con agravante de género

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. EP
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El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley orgánica integral contra la violencia vicaria, una de las prioridades del Ministerio de Igualdad para esta legislatura. La nueva norma define esta forma de violencia de género, la tipifica por primera vez como delito específico en el Código Penal y reconoce como víctimas no solo a los hijos e hijas menores, sino también a familiares y parejas de las mujeres. En 2024, nueve niños y adolescentes fueron asesinados en crímenes machistas y en lo que llevamos de 2025 ya se contabilizan tres.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha celebrado que es una "ley pionera que viene a dar respuesta a todas las víctimas y sus familiares, tipificando la violencia vicaria con penas específicas y con medidas civiles reforzadas" con lo que vuelve a poner a España "a la vanguardia de las políticas de defensa de la igualdad".

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El anteproyecto ahora debe recibir los informes de los órganos consultivos antes de volver a ser revisado por el Gobierno. Será entonces cuando el Congreso de los Diputados inicie su tramitación parlamentaria.

Claves de la nueva ley contra la violencia vicaria

El texto, que es la primera ley integral sobre esta cuestión, modifica diversas normas para "visibilizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia vicaria": la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, el Código Penal, el Código Civil, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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Así, en primer lugar, modifica el artículo 1.4 de la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género para definir la violencia vicaria como "aquella que, con el objetivo de causar dolor y sufrimiento a las mujeres, puede ejercerse sobre los hijos e hijas o descendientes", personas menores de edad sujetas a su guarda y custodia, ascendientes, hermanos y parejas o antiguas parejas de la víctima.

Además, afecta al Código Penal en cuanto a que incorpora un nuevo artículo 173 bis, como un delito contra la integridad moral y que contempla una pena de prisión de seis meses a tres años. Esta modificación convierte la violencia vicaria en un delito autónomo con agravante de género y sanciones acumuladas.

En este sentido, se incorporan penas accesorias como la prohibición de portar armas por un tiempo definido entre los tres años y los cinco años.

También incluye la pena accesoria para la prohibición de que los agresores vicarios difundan públicamente detalles de sus crímenes y evitar así que se repita lo que sucedió con el libro ‘El Odio’ sobre José Bretón, condenado por el asesinato de sus dos hijos, y que finalmente fue apartado de la distribución.

"Afortunadamente, la sociedad acompañó a la víctima. La sociedad en ese momento fue por delante incluso de la ley. Lo que queremos en esta ocasión es que la ley acompañe a la sociedad en ese reproche que se hizo en aquella ocasión. Y, por otro, lado también queremos adelantar las soluciones", ha subrayado Redondo sobre el caso de Bretón.

Asimismo, la norma busca dar cumplimiento a medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y avanzar en el reconocimiento de la protección de las personas mayores de edad con discapacidad que se encuentran en relación de dependencia respecto a la víctima.

También contempla modificaciones en el Código Civil, en concreto del artículo 92.6 sobre el régimen de guardia y custodia, a través del cual se establece la obligación de escuchar en todo caso a los hijas e hijos menores de edad, así como a los mayores con discapacidad, antes de acordar el régimen de guardia y custodia.

Por otro lado, se modifica también el artículo 94 del Código Civil con el objetivo de reforzar la fundamentación a la hora de establecer en la resolución motivada un régimen de visitas, comunicación o estancia cuando el progenitor está incurso en un proceso penal de violencia doméstica o de género.

De la misma manera, Redondo ha avanzado cambios en la Ley orgánica de Protección Jurídica del menor y la Ley de Enjuiciamiento Civil para incluir expresamente la exposición de la persona menor de edad a la violencia vicaria entre los indicadores para considerar una situación de riesgo para la persona menor de edad.

Además, se van a agilizar los procedimientos de patria potestad, modificando el artículo 748 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el objetivo de que la patria potestad se tramite por juicio verbal y que pueda acumularse a las acciones de divorcio y medidas provisionales.

65 niños asesinados desde 2013

La ministra ha recordado que, desde que hay registros, en 2013, un total de 65 niños han sido asesinados por violencia vicaria. Mientras, en 2024, fueron nueve los menores asesinados y tres en lo que va de 2025.

Redondo también ha destacado la importancia de "proteger a las víctimas, pero también concienciar a la sociedad española sobre la necesidad de acabar con estas violencias tan radicales, tan salvajes, tan absolutamente inconcebibles".