¿Por qué Víctor de Aldama no entrará en la cárcel si ha sido condenado? El empresario espera que ahora "los que vienen detrás colaboren"
Aldama tendrá que presentar un informe semestral de actividades y hacer un año de trabajos en beneficio de la comunidad
Sentencia 'caso mascarillas': Ábalos, condenado a 24 años de cárcel, Koldo a 19 y Aldama se libra de entrar en prisión
El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro años y medio de prisión al empresario Víctor de Aldama, el comisionista que optó por colaborar con la Justicia en el juicio al exministro José Luis Ábalos, pero ha suspendido la ejecución de la pena, de manera que no entrará en la cárcel. A la salida del Tribunal Supremo, el empresario ha asegurado estar "satisfecho con esta sentencia": "Espero que, con esta sentencia, los que vienen detrás colaboren".
La Sala ha adoptado esta decisión por su aportación al descubrimiento de los delitos y a condición de que Aldama no delinca, presente un informe semestral de actividades y realice un año de trabajos en beneficio de la comunidad.
Aldama optó por colaborar con la Justicia para evitar la cárcel
El tribunal que ha juzgado a este empresario, al exministro de Transportes y a su exasesor Koldo García, ha impuesto una condena menor de los cinco años de cárcel que pidieron las acusaciones populares, coordinadas por el PP, y por debajo también de la pena de siete años de prisión que reclamó la Fiscalía Anticorrupción.
Tras pasar poco más de un mes en prisión preventiva como investigado en un fraude de hidrocarburos, Aldama optó por colaborar con la Justicia con la meta de evitar volver a la cárcel y sostuvo que el exministro de Transportes y su asesor cobraron mordidas pagadas por él, que esperaba a cambio resultar favorecido en contratos de mascarillas.
El tribunal considera que la colaboración de Aldama ha sido especialmente decisiva para avanzar en la investigación, que no ha buscado en ningún momento exculparse, sino que ha admitido su participación en los hechos, y defiende la necesidad de premiar este tipo de comportamientos para conseguir depurar la corrupción.
El Supremo destaca que Aldama ha aportado documentación e información relevante del caso
El Supremo asegura que Aldama ha proporcionado información "veraz y relevante" y "medios de prueba" a la investigación del caso Koldo, que han permitido ahondar en ella y confirmar ciertos aspectos. Este es el principal motivo por el que los magistrados han decidido que se le suspenda la ejecución de la pena, a condición de no volver a delinquir, presentar un informe semestral de actividades y realizar un año de trabajos en beneficio de la comunidad.
Aldama que había acudido junto a su abogado a la lectura del fallo de la sentencia, convocados por la Sala del Supremo que la ha dictado, ha manifestado a la salida del Tribunal su satisfacción por la decisión. El Supremo sostiene que Aldama "no se ha limitado a confesar los hechos objeto de acusación, amoldando su testimonio al resultado de las pruebas conocidas".
"Por el contrario", señalan, ha aportado "documentación sobre viajes, ingresos económicos a los otros acusados y contratos de arrendamiento de inmuebles", entre ellos el que se formalizó para Jéssica Rodríguez, que fue novia de José Luis Ábalos, o el contrato de arrendamiento con opción a compra de un piso del paseo de la Castellana para beneficio del exministro.
También "aportó información relevante sobre el posible amaño en las adjudicaciones de obras públicas que han sido remitidas a los Juzgados de Instrucción que instruyen esos hechos con nuevos implicados que están siendo investigados" en la Audiencia Nacional.
"Consideramos que este acusado ha prestado una cooperación plena", señalan los magistrados
Todos esos documentos, indica la sentencia, "han sido objeto de análisis y pericia para corroborar sus manifestaciones, reconociendo su participación en los hechos y afirmando las de los otros acusados".
"En definitiva, consideramos que este acusado ha prestado una cooperación plena y continua, a lo largo de todo el procedimiento, mantenida y completada en el juicio oral, facilitando información veraz y relevante, medios de prueba y datos significativos para la acreditación de los hechos enjuiciados", concluyen los magistrados.