Torrent desoye al Constitucional: "En el Parlament se debe poder hablar de todo"

  • Hace oídos sordos a la tercera advertencia del TC para que frene las iniciativas de autodeterminación

  • "En el Parlament no se puede censurar ningún debate ni planteamiento", insiste Torrent

Por tercera vez, el Tribunal Constitucional ha vuelto a advertir a Roger Torrent, presidente del Parlament, de las posibles responsabilidades, incluidas la penal, en las que puede llegar a incurrir si ignora las resoluciones adoptadas por el propio tribunal de garantías. La advertencia tiene lugar tras la admisión a trámite de los tres últimos incidentes de ejecución de sentencia planteados por el Ejecutivo de Pedro Sánchez contra el acuerdo de la Mesa en los que se reiteran la disposición a debatir sobre el derecho de autodeterminación, la pretendida soberanía del pueblo catalán o la reprobación al Rey Felipe VI.

No obstante, y ajeno a toda advertencia, Torrent ya ha emitido respuesta: "En el Parlament se debe poder hablar de todo, no se puede censurar ningún debate ni planteamiento que hagan los grupos parlamentarios. Se quiere limitar la libertad de expresión de los diputados. No se puede hablar de la monarquía ni del derecho autodeterminación, del que llevamos hablando, como mínimo desde 1989". El presidente del Parlament prosigue con el desafío y desoye al Constitucional, una vez más.

Las iniciativas de la Mesa del Parlament

El Constitucional se ha reunido de urgencia, celebrando un Pleno extraordinario, para estudiar si admitían o no a trámite los recursos que el Consejo de Ministros acordó presentar el pasado jueves contra la admisión a trámite, el pasado 22 de octubre, por la Mesa del Parlament de una propuesta de Junts, ERC y la CUP en la que se rechaza la sentencia del Tribunal Supremo por el 'procés' independentista, así como el acuerdo de la misma Mesa de 29 de octubre en el que se rechazó las solicitudes de reconsideración que presentaron PSC, Cs y PP.

De este modo, por la invocación del artículo 161.2 de la Constitución por parte del Gobierno, el Constitucional ha dejado en suspenso la vigencia del apartado 11 de la referida propuesta de resolución impugnada, en cuanto a que expresa que el Parlamento "reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados y diputadas... la reprobación de la Monarquía, la defensa del derecho de autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Cataluña para decidir su futuro político".

Los acuerdos de la Mesa incumplen sentencias dictadas por el TC

El Ejecutivo insiste en que los acuerdos del 22 y 29 de octubre incumplen sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en 2015, 2018 y 2019 relacionadas con la independencia de Cataluña y la Monarquía. Pero también dos recientes providencias del Tribunal Constitucional notificadas los pasados 10 y el 16 de octubre en las que ya se advirtieron a Roger Torrent y a cada uno de los miembros del órgano que dirige el Parlament, así como en la segunda de ellas al presidente de la Generalitat, Quim Torra, de su deber de impedir cualquier actuación que ya haya sido suspendida o anulada por este tribunal.

Un Parlament reincidente

En esas providencias, el Tribunal Constitucional hizo estas advertencias tras admitir otros dos incidentes de ejecución planteados por el Gobierno contra dos resoluciones del Parlament aprobadas el 25 de julio sobre las "propuestas para la Cataluña real" y el 26 de septiembre sobre la "orientación política general del Govern", en las que se reafirmaba el derecho de autodeterminación, la independencia de Cataluña y la reprobación del Rey. El tribunal también dejó en suspenso determinados incisos en los que se manifestaba estos compromisos de la cámara parlamentaria.

Así, los magistrados vuelven a lanzar un aviso al presidente del Parlament, al secretario general Xavier Muro i Bas; y a los miembros de la Mesa Josep Costa i Rosselló, Joan García González, Eusebi Campdepadrós i Pucurull, David Pérez Ibáñez, Laura Vílchez Sánchez y Adriana Delgado i Herreros "de su obligación de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir", tal y como solicitó el Gobierno.

El Constitucional también ordena al Parlament que en un plazo de tres días remita las actas de la sesión de la Mesa de 22 y 29 de octubre así como los informes y documentos relativos a los citados acuerdos y la resolución sobre la solicitud de reconsideración formulada por varios grupos parlamentarios. Una vez se reciban estos documentos solicitados, se dará traslado a Fiscalía y al Parlamento de Cataluña para que formulen las alegaciones que estimen procedentes.

El Gobierno apunta a tres sentencias incumplidas

Según el Gobierno, al igual que ya expuso en sus otros recursos, el Parlament está incumpliendo la sentencia dictada el 2 de diciembre de 2015 en la que se declaró inconstitucional la Resolución 1/XI del Parlament de 9 de noviembre de 2015 "sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales de 27 de septiembre de 2015", la primera iniciativa parlamentaria sobre el proceso independentista.

También la del 13 de diciembre de 2018, en la que se declararon nulos e inconstitucionales tres apartados de la Moción 5/XII del Parlament, de 5 de julio de 2018, "sobre la normativa del Parlamento anulada y suspendida por el Tribunal Constitucional", en la que se insistía en la consecución de la independencia.

Y por último, la tercera resolución que no habría sido acatada sería la relativa a la dictada el pasado 17 de julio que declaró inconstitucional dos epígrafes de la Resolución 92/XII del Parlament, de 11 de octubre de 2018, de priorización de la agenda social y la recuperación de la convivencia, con la que se acordó reprobar al Rey Felipe VI.