Familia

Euskadi reconoce por primera vez a las familias monoparentales: 21.000 hogares "dejarán de estar en el limbo" y podrán acceder a ayudas

El 80 por ciento de las familias monoparentales vascas están compuestas por madres con uno o más hijos.. Europa press
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BilbaoEuskadi acaba de dar un paso decisivo hacia el reconocimiento de la diversidad familiar, porque, en palabras de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa, “todas las familias cuentan, todas las formas de hacer comunidad importan”. El Gobierno Vasco ha aprobado el nuevo Decreto de Familias Monoparentales que permitirá a unas 21.000 familias vascas acreditar la monoparentalidad mediante un certificado digital y les facilitará solicitar diversas ayudas sociales. "Hasta ahora este modelo de familia no tenía legitimidad", añade la consejera.

El 80 por ciento de las familias monoparentales vascas están compuestas por madres con uno o más hijos y por primera vez, Euskadi reconoce a familias con dos progenitores como monoparentales, en casos de violencia de género o abandono de hogar, entre otros.

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"Tras 17 años de lucha vamos a dejar de estar en el limbo", se felicita Izaskun Lertxundi delegada de Madres Solteras por Elección, en Euskadi. En este sentido, se ha mostrado "muy contenta" por este paso que "legitima nuestro modelo de familia" y que es "la base para todo lo demás que pueda venir".

Un censo de unas 21.000 familias

A partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigor el decreto, se empezará a crear el censo de familias monoparentales vascas, unas 21.000 familias, que obtendrán beneficios de distintas administraciones gracias al nuevo certificado. Así, las ayudas a la conciliación subirán un 30% y las ayudas a la crianza las equipararán con las familias numerosas.

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El decreto reconoce dos tipos de familias. Por un lado las que tienen una sola persona progenitora, monomarentales o monoparentales. Por otro, familias que tienen dos progenitores, pero que por sus características se asimilan a las familias monoparentales, por ejemplo, casos de guarda y custodia atribuida a uno de los progenitores, abandono del hogar de un progenitor, o violencia de género, entre otros. Cabe recordar que en el País Vasco, el 80 por ciento de las familias con un solo progenitor está compuesto por mujeres.

A partir del nuevo año, las familias monoparentales (con un hijo/a o más) podrán solicitar las ayudas a la conciliación, que en su caso supone un 30% más de ayuda. Además, cuando se actualicen las ayudas a la crianza, en el primer trimestre del 2026, las familias monoparentales se equipararán a las familias numerosas (con 3 ó más hijos/as). Esto supone recibir, además de los 200 euros por mes, 100 euros más hasta que el hijo o la hija cumpla los 7 años.

Requisitos para solicitar el certificado de monoparentalidad

Las solicitudes para obtener el certificado de reconocimiento de familia monomarental o monoparental se podrá realizar vía online, en la web: www.euskadi.eus; o de manera presencial en el Servicio de Atención Ciudadana Zuzenean. Los requisitos para la persona solicitante son dos:

  • Tener residencia legal efectiva en el momento de presentar la solicitud y mientras tenga efectos el reconocimiento.
  • Estar empadronada en Euskadi, de forma ininterrumpida, con al menos doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Mientras que las condiciones que deberán cumplir la hija o hijo de la persona solicitante son:

  • Ser menor de 21 años. Este límite de edad se ampliará hasta el día en que la hija o hijo cumpla 26 años si está cursando estudios reglados encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
  • Independientemente de la edad, tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • Convivir y estar empadronado con la persona progenitora. La separación transitoria durante un periodo igual o inferior a dos años motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares, incluyendo los supuestos de fuerza mayor o internamiento de acuerdo con la normativa reguladora de la responsabilidad penal de los menores, no rompe la convivencia.
  • Depender económicamente de la persona progenitora. Se considera que existe dependencia económica siempre y cuando las hijas o hijos no obtengan, cada una de ellas o de ellos, ingresos económicos superiores a 2 veces el Indicador de Precios de Rentas Múltiples (IPREM) en su cómputo anual.