Aviso especial de la Seguridad Social para quienes hayan tenido un hijo recientemente

A partir del 1 de enero, las familias con hijos nacidos desde el 2 de agosto de 2024, pueden solicitar dos semanas de baja extras
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha comunicado que ya se puede rellenar la solicitud para pedir las dos semanas remuneradas extra que solo los padres de los niños nacidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025 podrán disfrutar gracias a la nueva Ley de Familias del gobierno socialista.
Ésta no solo amplió el número de semanas que las familias biparentales y monoparentales pueden disfrutar durante el primer año de vida de sus hijos, sino que incluyó dos semanas flexibles más (cuatro, en el caso de las familias monoparentales) que también correrán a cargo del Estado y que los progenitores podrán utilizar hasta que los niños - nacidos en el citado periodo con retroactividad - cumplan los ocho años de edad.

Desde su página web, la Seguridad Social ha dejado claro que esta solicitud solo la podrán hacer aquellos padres que ya han finalizado el disfrute del periodo obligatorio de 6 semanas tras el nacimiento, la adopción o la acogida de un menor y quieran solicitar nuevos periodos. Igualmente, han advertido de que la petición debe hacerse a partir del 1 de enero de 2026, momento en el que las nuevas bajas laborables en favor de la conciliación familiar y laboral comenzarán a ser efectivas. Se recomienda igualmente que las solicitudes se entreguen 15 días (máximo) antes de que a los progenitores se les acabe el permiso obligatorio de seis semanas por cuidado y crianza.
Duración y condiciones del periodo adicional
Aunque, en un inicio, se dudó de si esas dos semanas de baja adicional flexibles que se podrán usar, sin mayor justificación, hasta que el menor haya cumplido los ocho años, podrían solicitarse por días, semanas o al completo, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aclarado que sólo se pueden coger de las siguientes formas (y hay que avisar a la empresa también con días):
- De forma continuada o en periodos semanales (de 7 días o múltiplos de 7).
- A jornada completa o a tiempo parcial.
Además, el gobierno ha recordado que, según la ampliación paulatina que han experimentado las bajas de paternidad y maternidad (en el primer año de vida) durante la última legislatura, no todas tienen actualmente la misma duración. Por eso, hay que tener en cuenta que el número de semanas disponibles y la forma de disfrutarlas varían según la fecha del nacimiento, la adopción o la acogida del menor:
- A partir del 31 de julio de 2025, los periodos de descanso adicionales disponibles son: 11 semanas en periodos semanales durante el primer año (22 semanas en familias monoparentales) y 2 semanas en periodos semanales hasta los 8 años de edad del menor (4 semanas en familias monoparentales).
- Entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, el periodo de descanso adicional es de 10 semanas en periodos semanales durante el primer año del menor (20 en familias monoparentales). A partir del 1 de enero de 2026, el descanso voluntario se ampliará en 2 semanas adicionales en periodos semanales, hasta los 8 años de edad del menor (4 en familias monoparentales).
- Anterior al 2 de agosto de 2024, el periodo de descanso adicional es de 10 semanas en periodos semanales durante el primer año (20 semanas en familias monoparentales). En este caso, como los niños nacidos estarían fuera del periodo retroactivo estipulado por el gobierno, los padres no podrán solicitar las dos semanas extra remuneradas que ofrece la ley.
