Tribunales

Victoria judicial para Aimar: un juzgado fuerza al Ayuntamiento de Vitoria a admitir en la oposición y corregir los exámenes del joven con autismo

OPE en el BEC
OPE en el BEC. Irekia - Europa Press
  • El auto judicial obliga al Ayuntamiento a admitirle provisionalmente, corregir los exámenes que realizó y continuar el proceso selectivo atendiendo a los resultados obtenidos

  • El joven, diagnosticado de TEA desde la infancia, presentó certificaciones oficiales que reconocían una discapacidad pero sin especificar que fuera de carácter intelectual

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Tal y como ya contó este medio el pasado 2 de diciembre, el conflicto entre Aimar, un joven con trastorno del espectro autista (TEA) y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz seguía abierto pese a una primera sentencia favorable. Ahora, el proceso judicial ha dado un paso más que refuerza la posición del aspirante y obliga al Consistorio a actuar de manera inmediata.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria ha ordenado la ejecución provisional de la sentencia que anuló la exclusión de Aimar de una Oferta Pública de Empleo (OPE) reservada a personas con discapacidad. El auto judicial obliga al Ayuntamiento a admitirle provisionalmente, corregir los exámenes que realizó y continuar el proceso selectivo atendiendo a los resultados obtenidos, a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) resuelva el recurso presentado por la administración local.

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La magistrada considera que no ejecutar la sentencia mientras se tramita el recurso del Ayuntamiento podría causar a Aimar un perjuicio irreparable. Si el proceso selectivo concluyera sin que se corrigieran sus pruebas y más adelante la justicia confirmara su derecho a participar, la resolución perdería eficacia práctica.

En su auto, fechado a comienzos de diciembre, la jueza subraya que Aimar acreditó de forma suficiente una discapacidad del 49%, superior al mínimo del 33% exigido en las bases de la convocatoria. Ese grado de discapacidad afecta a sus funciones mentales, aunque no esté catalogado expresamente como discapacidad intelectual, una distinción que ha sido el eje central del conflicto jurídico.

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La resolución judicial recuerda que el joven ya realizó los exámenes de manera cautelar y que excluirle ahora impediría conocer si ha superado o no las pruebas, lo que añade inseguridad jurídica tanto para el aspirante como para el propio proceso selectivo.

La redacción de las bases, el origen del conflicto

El caso se remonta a la convocatoria de una OPE del Ayuntamiento de Vitoria para cubrir plazas de auxiliar de servicios reservadas a personas con discapacidad. Las bases exigían acreditar una discapacidad intelectual igual o superior al 33%, requisito que el Consistorio consideró no cumplido en el caso de Aimar.

El joven, diagnosticado de TEA desde la infancia, presentó certificaciones oficiales expedidas por la Diputación Foral de Vizcaya que reconocían inicialmente una discapacidad del 40% y posteriormente del 49%, pero sin especificar que fuera de carácter intelectual. A pesar de ello, el juzgado estimó en octubre que la exclusión “no era ajustada a derecho” y ordenó su readmisión provisional.

El Ayuntamiento recurrió esa sentencia ante el TSJPV, recurso que sigue pendiente de resolución. No obstante, la jueza ha considerado necesario ejecutar el fallo de forma provisional para garantizar los derechos del aspirante.

Posible precedente en el acceso al empleo público

El auto judicial no solo afecta al caso concreto de Aimar, sino que podría tener implicaciones más amplias. La resolución pone el foco en la clasificación de las discapacidades y en cómo se aplican las bases de las convocatorias públicas, especialmente en procesos reservados a colectivos vulnerables.

El abogado de la familia, Adolfo Godoy, ha defendido públicamente que las administraciones deben adaptar sus convocatorias a la realidad actual de los diagnósticos y ha reclamado que no se limiten al mínimo legal en la reserva de plazas, planteando incluso elevar ese porcentaje hasta el 20%.

La magistrada también analiza el posible impacto sobre otros aspirantes y concluye que, si Aimar obtiene una de las mejores calificaciones, su inclusión no sería consecuencia de la ejecución provisional, sino del principio de mérito y capacidad que rige el acceso al empleo público.

A la espera del TSJPV

El Ayuntamiento de Vitoria dispone de un plazo para impugnar el auto que ordena ejecutar la sentencia, aunque no ha confirmado públicamente si lo hará. En paralelo, continúa pendiente el pronunciamiento del TSJPV sobre el recurso contra la sentencia de octubre.

Mientras tanto, Aimar deberá ser tratado como un aspirante más, con sus exámenes corregidos y valorados dentro del proceso selectivo. Si finalmente supera las pruebas y se sitúa entre las mejores puntuaciones, podría acceder a una plaza de funcionario de carrera, aunque su nombramiento quedaría condicionado a la resolución definitiva del litigio.