Indemnizan a una familia con un millón de euros por el fallecimiento del padre tras una cirugía “que no estaba indicada para su dolencia”

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Archivo - Operación en un hospital. Europa Press
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PontevedraEl Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vigo primero y la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra en una sentencia con fecha de este pasado 4 de abril han condenado a la aseguradora Sanitas a indemnizar con un millón de euros a la viuda y a los hijos de un hombre que murió en 2017, con 62 años de edad, tras una intervención quirúrgica que no estaba indicada para la dolencia que padecía, diverticulitis de sigma, según los jueces.

La cifra es la suma de 479.330 euros de indemnización principal más 502.968 euros de interés que se aplica por el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

El paciente fue diagnosticado en 2012 en la clínica Endoproctos de Vigo de diverticulitis de sigma, es decir, inflamación en el colon. Cinco años después, a la vista de su evolución clínica con crisis de dolor, el 26 de abril de 2017, el cirujano que lo había atendido en las consultas del cuadro médico de Sanitas S.A. de Seguros, le practicó una hemicolectomía izquierda por laparoscopia en el Hospital Fátima.

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El paciente padecía hepatopatía, incompatible con la intervención

Tras la intervención, surgieron complicaciones a causa de una hepatopatía por cirrosis hepática que presentaba el paciente y que hubiera desaconsejado la operación, pero que no le había sido diagnosticada hasta entonces. Por esto mismo, tuvo que ser operado de nuevo e ingresó en la UCI. El 20 de mayo falleció.

La sentencia inicial estimó íntegramente la demanda de la familia del paciente, al no constar que la enfermedad de tipo diverticular exigiese la cirugía. Según apuntó el propio médico, con la operación quería “mejorar” su situación. Aunque el fallo censura este proceder, que “dista de la diligencia exigible al cirujano que prescribe y ejecuta una actuación, como infelizmente se hubo demostrado, generadora de riesgos vitales”. “Por más que los tratamientos previos hubieran sido ineficaces, ello no permitía aconsejar, ni aceptar, una cirugía tan invasiva [...]”, se afirma.

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Según el juez, se trata de una actuación médica “arriesgada” y no consta la firma del “consentimiento informado”. Y señala que, a pesar de sufrir molestias serias y crónicas, “no constituían una amenaza inmediata” para el paciente.

Ambos juzgados dan la razón a la familia del fallecido

Sanitas recurrió la sentencia y el caso fue elevado a la Audiencia Provincial de Pontevedra que ratificó el fallo del Juzgado de Primera Instancia. Dice que se trata de un “error no disculpable”. Argumenta que la historia clínica del paciente indicaba una enfermedad del hígado, por lo que el médico cirujano debería haber solicitado una prueba que excluyera o confirmase su evolución antes de haberle practicado la intervención quirúrgica.

Sanitas ya consignó los 479.330 euros de indemnización principal junto a otros 502.968 euros de intereses para evitar que dicha cifra continuara aumentando, tras la primera sentencia en diciembre de 2022. Tras esta segunda sentencia, Sanitas podría volver a recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, pero en el momento de publicar este artículo, todavía están valorándolo.

La condena recae sobre la aseguradora, ya que los demandantes denunciaron exclusivamente a la compañía por ser la que cubría la asistencia sanitaria del fallecido, que era el titular de una póliza.

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