Ciudadanos y VOX acusan a Rufián por un posible delito de revelación de secretos de Estado
El diputado de ERC, Gabriel Rufián, presuntamente acusado de haber revelado información de la Comisión de Secretos Oficiales
“No se ha dicho nada que el CNI no haya filtrado ya”, se defiende de la incriminación el portavoz de ERC.
La comparecencia de Paz Esteban, directora del CNI, en el punto de mira a consecuencia del caso Pegasus de espionaje a políticos
Tanto Ciudadanos como Vox han acusado al portavoz de ERC en el Congreso de los Diputados, Gabriel Rufián, por presuntamente haber revelado información de la Comisión de Secretos Oficiales.







La acusación de los partidos de la oposición al Gobierno viene seguida de las declaraciones de Rufián ante la prensa a la salida de la comisión, reunida a puerta cerrada este jueves tras tres años de inactividad para que la directora del CNI, Paz Esteban, compareciera por la polémica de las escuchas a políticos independentistas vascos y catalanes.
En el articulo 598 del Código Penal dispone de esa pena quien "sin propósito de favorecer a una potencia extranjera, se procurare, revelare, falseare o inutilizare información legalmente calificada como reservada o secreta, relacionada con la seguridad nacional o la defensa nacional o relativa a los medios técnicos o sistemas empleados por las Fuerzas Armadas o las industrias de interés militar".
El propio Rufián, a través de su cuenta de Twitter, ha tratado de quitarse cualquier incriminación ante un delito de revelación de secretos.
¿En qué consiste el delito de revelación de secretos?
El delito de revelación de secretos consiste en vulnerar la intimidad de otro sin su consentimiento, apoderándose de sus documentos o interceptando sus telecomunicaciones. Este delito aparece en el Código Penal, articulo 197.








Por lo tanto, para que se produzca un delito de revelación de secretos basta con que el infractor descubra secretos o vulnere la intimidad de la víctima, bien apoderándose de sus mensajes en cualquier formato físico o digital, interceptando sus telecomunicaciones (como podrían ser mensajes de Whatsapp), o a través de dispositivos de grabación de imagen o sonido, entre otros.
Por cometer un delito de revelación de secretos a pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.