Tribunal Supremo

Condenan a un hombre por matar de un puñetazo a un anciano que golpeaba a su mujer con un bastón en Valdemoro, Madrid

Condenan a un hombre por matar de un puñetazo a un anciano que golpeaba a su mujer con un bastón en Valdemoro, Madrid
Fachada de la sede del Tribunal Supremo, Madrid. Europa Press
  • Todo ocurrió cuando el hombre que ha sido condenado vio a otro varón, de 91 años, dándole golpes a su pareja con su bastón en diversas partes del cuerpo

  • El condenado recriminó al nonagenario su actitud y éste le amenazó con el bastón, tras lo cual le dio un puñetazo que provocó que sufriese una caída fatal

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ValdemoroUn hombre ha sido condenado por el Tribunal Supremo después de matar de un puñetazo a un anciano al que vio en la calle golpeando a su mujer con un bastón en la localidad madrileña de Valdemoro.

Los hechos, concretamente, tuvieron lugar el 4 de septiembre de 2017, hace ya ocho años, cuando el condenado caminaba por la calle Estrella de Elola del municipio junto a su mujer y vieron a un hombre, de 91 años, dándole golpes a su pareja en diversas partes del cuerpo.

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Fue entonces cuando el ahora condenado se acercó al nonagenario para recriminarle su actitud, ante lo cual este último levantó su bastón hacia él, en ademán de amenazarle, ante lo cual el primero le propinó un puñetazo en la cara que ocasionó que el anciano perdiese el equilibrio y cayese de espaldas, golpeándose fatalmente contra la acera.

Debido a esa caída y ese golpe, el anciano sufrió un traumatismo craneoencefálico que le causó la muerte.

La sentencia contra el hombre condenado por matar al anciano de un puñetazo

La sentencia recoge que el condenado le dio el puñetazo "con la intención de ocasionarle un menoscabo en su integridad física, y no previendo la posibilidad de que, a consecuencia de la agresión, pudiera producirle la muerte".

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Pronunciándose sobre los hechos, el Juzgado de lo Penal número 2 de Getafe condenó al hombre a dos años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave y al pago de 24.060 euros a cada uno de los hijos del anciano, si bien suspendió la pena de cárcel con la condición de que no delinquiera en tres años y pagara la indemnización.

Tras ello, fue la Audiencia de Madrid la que rebajó la condena a 450 euros de multa y al pago de una indemnización de 10.000 euros a cada uno, por lo que los hijos del fallecido recurrieron la sentencia ante el Alto Tribunal.

Ahora, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso y fija la indemnización en los 24.060 euros que recogía la primera sentencia, porque "nada expresa la sentencia impugnada sobre la razón por la que la indemnización derivada de unos daños imprevistos pero que debieron preverse, no merecen siquiera el montante indemnizatorio fijado en el baremo de valoración empleado por el Juez de instancia".

Ello, indican, "particularmente en un supuesto en el que el comportamiento del acusado no se limita a una acción u omisión imprudente, sino que estuvo acompañado de una agresión que debió calificarse como constitutiva de un delito de homicidio por imprudencia menos grave en concurso ideal, al menos, con un delito doloso de maltrato de obra".