Gracias a herramientas como el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), se puede saber al instante si hay póliza en vigor y con los pagos al día.
¿Influye el color de mi coche en el precio del seguro?
A la hora de tener un vehículo, debemos asumir que con el privilegio de poder circular con él, también vienen una serie de obligaciones que debemos cumplir a rajatabla, no solamente porque podamos acabar siendo un peligro para nosotros mismos u otros conductores, sino porque no tener todo el papeleo en regla puede derivar en cuantiosas sanciones económicas que van a encarecer (y mucho) nuestro coste por conducir.
Un 8% de los vehículos españoles no tienen seguro
El artículo 2 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor (Real Decreto 8/2004) es el que fija la obligatoriedad de tener contratada una póliza, así como de tener la misma en vigor y debidamente pagada. “Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil”.
Por tanto, todo coche matriculado en España debe acogerse a esta obligación, enfrentándose en caso contrario a consecuencias catastróficas. Según los últimos datos aportados por OFESAUTO (Oficina Española de Aseguradores de Automóviles), se estima que el porcentaje de vehículos sin seguro sería del 8% de nuestro parque automovilístico, lo que supondría algo más de 2,5 millones de vehículos no asegurados circulando por nuestras carreteras. Las cifras se calculan mediante la comparación de cifras entre el Registro de Vehículos de la DGT y del Fichero Informático de Vehículos Asegurados (FIVA), a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros. Por comparar, las cifras de vehículos no asegurado en Italia se estiman en el 6 % del parque matriculado y son tan bajas como el 0,1 % en Alemania o entre el 0,3 % y el 0,5 % en Polonia.
Si por desgracia nos cruzamos con uno de estos vehículos y causa un siniestro, no quedamos del todo desamparados y sin nadie que se haga cargo de los daños causados. En esas situaciones, entra en juego el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), que asume inicialmente la indemnización de los daños causados a terceros. Posteriormente, reclamará al causante la totalidad del importe de dichos gastos, compensaciones e indemnizaciones. Sin embargo, realmente todos pagamos ese presupuesto del CSS a través de nuestros propios seguros, que en sus cuantías incluyen recargos incluidos en las pólizas, por lo que cuantos más conductores incumplan la obligación de tener seguro, más caro nos sale al resto.
Además, no siempre los infractores que causan un accidente y no tienen seguro acaban pagando de sus bolsillos los costes totales de sus negligencias. Según los últimos datos de OFESAUTO, entre 2019 y 2024 hubo un total de 92.383 reclamaciones relacionadas por circular sin seguro, por las que se abonaron en concepto de indemnizaciones 205.721.800 euros. De esos más de 200 millones de euros, solamente se acabaron recuperando 33.339.106 euros, una tasa de éxito en el recobro del 16% que parece algo escasa.
Sanción económica e inmovilización del vehículo
Debido a las consecuencias que genera el hecho de que un conductor no tenga seguro, en los últimos años se han endurecido las medidas para quienes son pillados sin tener una póliza en vigor. La Ley contemple sanciones económicas bastante severas que salen mucho más caras que el dinero que hubiera costado anualmente el seguro. Concretamente, las cifras que se manejan son de unos 800 euros de multa si un turismo está estacionado y hasta 1.500 euros si circula sin seguro (hasta 3.005 euros para vehículos pesados profesionales). Al año, se superan las 130.000 multas por este motivo.
Además del castigo económico, la ausencia de seguro en vigor tiene otra serie de consecuencias. Tal y como recuerda la Dirección General de Tráfico, “si un agente constata que un coche no tiene seguro, además de imponer una sanción económica, podrá inmovilizarlo exactamente igual que sucede en los controles de drogas y alcoholemia”. De este modo, se evita el posible perjuicio posterior en caso de siniestro y habrá que contratar una póliza para liberar el vehículo del precinto, tal y como contempla el artículo 104.e de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.
La ejecución de la inmovilización se materializa de forma inmediata a través del servicio de grúa municipal, que traslada el automóvil al depósito más cercano. En el caso de que la infraestructura local no permita el traslado inmediato, los agentes pueden optar por colocar un precinto físico sobre las ruedas o los elementos de dirección del turismo, advirtiendo al propietario de las graves consecuencias penales que implicaría quebrantar dicha inmovilización. A partir del momento en el que el vehículo entra en el depósito municipal, se activa un doble contador económico: por un lado, la tasa fija por el enganche y desplazamiento de la grúa; por otro, la tarifa de custodia diaria, que se acumula de forma indefinida hasta que el dueño regularice la situación legal del bien.
La única excepción para que un vehículo no esté obligado a tener seguro contratado es cuando este está en situación de baja temporal o definitiva. El vehículo de baja temporal debe permanecer estrictamente guardado en una propiedad privada y cerrada, perdiendo todo derecho a pisar o estar estacionado en cualquier espacio considerado vía pública. Esta excepción suele ser usada como una triquiñuela para tener vehículos sin seguro en circulación, algo que se suele denominar ‘vehículo zombi’. Hay que recordar, además, que sin seguro en vigor no puedes pasar la ITV, lo que puede acabar en un efecto dominó de irregularidades que uno debería arreglar cuanto antes.

