Cambia la normativa sobre el cinturón de seguridad en ciudades: afecta a taxistas, profesores de autoescuela y repartidores

El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del Reglamento General de la Circulación
Los mapas gratuitos e interactivos de la DGT con los que se pueden evitar atascos y accidentes de tráfico este verano
Los taxistas, los repartidores de mercancías y los profesores de autoescuela deberán llevar puesto el cinturón de seguridad cuando circulen en vehículos por ciudades. Así se ha reflejado en la reforma del Reglamento General de la Circulación aprobada por el Consejo de Ministros.
Tan solo existirá una excepción para los pasajeros de ambulancias asistenciales acondicionadas. En estos casos se les permitirá no llevar el cinturón para permitir la asistencia técnico-sanitaria en ruta.
Se tendrá que dejar una separación de 1,5 metros en los adelantamientos
Con el nuevo reglamento, para adelantar un vehículo inmovilizado en carretera -ya sea por avería, un siniestro o por algún servicio de urgencia, auxilio, mantenimiento o regulación de tráfico- y se ocupe parte del carril del sentido de la marcha se necesita mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de esa vía.
Estará prohibido adelantar en autopistas o autovías cuando haya nevadas y se circulará solo por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los vehículos de emergencia y quitanieves. En el caso de retenciones, deberán orillarse para dejar un espacio central libre que permita el paso de la Policía y de servicios de emergencia.
¿Qué ocurre con las motos?
A partir de ahora, será obligatorio llevar guantes de protección para conductores y pasajeros en carretera y calzado cerrado en todo tipo de vías, tanto para los ciclomotores y las motocicletas. Si no se cumple con la normativa, implicará una infracción grave con 200 euros de multa.
Los motoristas podrán ir por el arcén derecho cuando haya retenciones sin circular a más de 30 km/h y los cascos de los ciclomotoristas tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados. Los riders que trabajen en moto deberán llevar chaleco reflectante y no hacerlo supone una infracción grave con una multa de 200 euros.

¿Y con los ciclistas?
La nueva reforma suprime las exenciones de uso del casco en carretera en pendientes ascendentes prolongadas o en condiciones extremas de calor. Todos deberán llevarlo en las vías interurbanas. Los riders que trabajen en bicicleta tendrán que llevar siempre casco de protección y chaleco reflectante, bajo multa de 200 euros por no hacerlo.
El conductor de un vehículo que adelanta a un ciclista en una carretera deberá reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si hay más de un carril por sentido, además tendrá que hacer esa maniobra cambiando completamente de carril.
El conductor de un vehículo que adelanta a un ciclista en una carretera deberá reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si hay más de un carril por sentido, además tendrá que hacer esa maniobra cambiando completamente de carril.
En calles de un único carril con limitación de velocidad máxima de 30 km/h se regulará la posibilidad de que los ciclistas circulen en sentido contrario a los vehículos a motor.
Los patinetes: casco obligatorio y chaleco reflectante de noche
Los conductores de vehículos de movilidad personal, entre ellos los patinetes eléctricos, la edad mínima es de 15 años y deberán llevar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Tendrán que llevar siempre casco y chaleco reflectante y no hacerlo supone una infracción de 200 euros.
Estos vehículos tendrán que llevar siempre encendido el alumbrado y, fuera de los núcleos urbanos, se permite su circulación por vías segregadas de vehículos a motor, como vías ciclistas o carriles bici.
Las novedades en las ciudades
En las novedades relacionadas con las ciudades, en los pasos para peatones con semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones, como criterio general.
La norma aborda por primera vez el estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo y deberán descansar solo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Así, se dota de entidad jurídica a los 'caminos escolares' seguros, es decir, vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
