El Supremo resuelve que grabar una conversación a escondidas no es ilícito ni tampoco una falta de respeto
El Tribunal Supremo resuelve que grabar una conversación a escondidas no es ilícito ni una falta de respeto
Los magistrados del Alto Tribunal matizan que "cuestión distinta" sería la difusión de la conversación grabada
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El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que grabar a escondidas una conversación no es ni un acto ilícito ni una falta de respeto hacia la otra persona y ha retirado una sanción de la Guardia Civil, confirmada por el Tribunal Militar Central, a un sargento de la Benemérita por grabar un encuentro con un superior, aunque los magistrados no entran a valorar qué pasaría si el contenido grabado hubiera sido difundido.
Así lo establece, en una sentencia del pasado 6 de julio, la Sala de lo Militar del Supremo, que estima el recurso del guardia civil y le anula la sanción, de cinco días de suspensión de funciones, al considerar que "grabar una conversación por uno de los partícipes en ella no puede por sí sólo considerarse un acto ilícito".