Los fraudes a la hora de cambiar de sexo: no acarrean penas, pero sí dejan sin efecto los posibles beneficios

Los fraudes a la hora de cambiar de sexo: no acarrean penas, pero sí dejan sin efecto los posibles beneficios
Una persona sostiene un bolígrafo en su mano.. GETTY
  • En Asturias, seis reclusos han pedido en el Registro Civil el cambio de sexo para figurar como mujeres en vez de hombres y pasar así al módulo femenino de la prisión

  • Una persona se presentó a las pruebas físicas de la Policía Local de Torrelodones (Madrid) alegando que había cambiado de sexo masculino a femenino sin pasar por el Registro Civil

  • En el caso de que alguien se aproveche de la ‘ley trans’ para beneficio propio y perjuicio a los demás, ese acto quedaría anulado o dejaría sin efecto cualquier beneficio

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MadridLos primeros casos de fraude de la ‘ley trans’ para cambiar de sexo podrían haber comenzado. En Asturias, seis reclusos han pedido en el Registro Civil de Llanera el cambio de sexo para figurar como mujeres en vez de hombres. Su objetivo es pasar al módulo femenino de la prisión. Fuentes penitenciarias han explicado a este diario que al menos uno de los prisioneros solicitantes de cambio de sexo lo habría hecho "de repente", sin haberse identificado públicamente como mujer antes. Y sospechan que, de aceptarse la rectificación de su sexo y el traslado de módulo, casos como este puedan generar un "efecto llamada" en otras prisiones españolas.

 En 2007 el Ministerio de Interior dio una instrucción para que las personas ‘trans’ estuvieran en los módulos correspondientes a su identidad. Actualmente, las cárceles españolas -excepto las del País Vasco y Cataluña- acogen a 79 personas transgénero, de las que 22 son mujeres ‘trans’ que están internas o bien en cárceles exclusivamente femeninas o en módulos de mujeres dentro de prisiones mixtas. “Lo que está pasando ahora es puro fraude de ley y el Ministerio Fiscal puede actuar de oficio”, señalan fuentes del Ministerio de Igualdad a NIUS. “Del mismo modo que si cualquier institución tiene sospecha de que hay un fraude, debe ponerlo en conocimiento de las autoridades”, añaden.

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La semana pasada fue una persona la que se presentó a las pruebas físicas de la Policía Local de Torrelodones (Madrid) alegando que había cambiado de sexo, de masculino a femenino. Solo presentó un poder notarial que hacía referencia a la ‘ley trans’ autonómica de Madrid, pero no había pasado por el Registro Civil para hacer efectivo ese cambio, algo imprescindible, según la norma estatal, para poder beneficiarse de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres. “Se trata de un claro caso de fraude de ley”, señalaron entonces también las mismas fuentes del Ministerio de Igualdad.

Doble comparecencia en el Registro Civil

Ahora mismo es imposible que alguien haya completado el cambio de sexo porque no ha dado tiempo material desde que se aprobó la 'ley trans' el pasado 28 de febrero a hacer la doble comparecencia (no antes de tres meses) en el Registro Civil. Además, todos los que ahora quieren hacer fraude de ley, para volver atrás tendrán que iniciar un proceso judicial, señalan las mismas fuentes de Igualdad.  

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Pero, ¿qué consecuencias tiene este tipo de actuaciones? Porque una cosa es que alguien cometa fraude de ley y otra muy distinta que cometa un delito. “Para cometer un delito tendríamos que estar hablando de un delito de falsedad. Y la falsedad ideológica, que es cuando se falta a la verdad en la narración de los hechos, solo es punible cuando se es funcionario”, señala la fiscal especializada en violencia de género Susana Gisbert. “No veo ningún encaje en el Código Penal mentir diciendo que te sientes mujer o te sientes hombre”, explica.

En el caso de que alguien se aproveche de la ‘ley trans’ para beneficio propio, ese acto quedaría anulado o dejaría sin efecto cualquier beneficio, señalan los juristas. Por ejemplo, si en el caso de la persona que se presentó a las pruebas físicas de la Policía Local de Torrelodones con baremos para mujeres se acreditase finalmente que se ha obtenido de manera fraudulenta el cambio de sexo, esa prueba quedaría sin efecto. Mientras que, en el caso de hacerlo para obtener una ayuda pública, tendría que devolver el dinero.

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Anular la resolución

Si una vez cambiado el sexo en el registro se demostrase que esa persona sigue comportándose con los mismos roles de género del sexo que tenía antes, se puede anular la resolución que se adopte, aunque es posible que puedan existir dificultades probatorias para acreditar que ha habido también fraude de ley. “Las dificultades probatorias para acreditar el fraude pueden ser importantes. Pero eso ocurre con todo tipo de conductas fraudulentas, desde engañar al seguro a recibir ayudas públicas haciendo trampas”, señala Joaquim Bosch, magistrado y portavoz territorial de Juezas y Jueces para la Democracia. “Esas dificultades no impiden por completo que el fraude pueda ser acreditado, a través de cualquier medio de prueba, como las manifestaciones del afectado o todo tipo de documentos”, escribe el juez en un hilo en su cuenta de Twitter.

“Podemos verlo con un ejemplo hipotético: un hombre que se presenta a una oposición a policía tras la rectificación registral de sexo; y una opositora que impugna su admisión en esos términos y aporta una serie de pruebas. Aporta un vídeo en el que aquel afirma que ha rectificado el sexo registral solo para obtener beneficios, sin que concurra el fundamento de la ley. Y también muestra con documentos que, tras el cambio, ha seguido identificándose con su sexo anterior con todo tipo de entidades. Mi opinión es que con esa acreditación probatoria se demostraría que existe fraude de ley. Y que el tribunal de selección podría excluir al opositor o anular su nombramiento. Y que esa decisión podría ser ratificada en vía judicial”, señala Bosch.