Condenado a 20 años y tres meses de cárcel por asesinar a su bebé de seis meses en Sevilla

Condenado a 20 años y tres meses de cárcel por asesinar a su bebé en El Cerezo
Informativos Telecinco / Agencias
  • El padre dijo en urgencias que se había atragantado con el bibe

  • La madre, condenada a tres meses de cárcel por abandono

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a 20 años y tres meses de cárcel al hombre acusado de asesinar y maltratar en junio de 2017 a su bebé de seis meses en una vivienda ubicada en la barriada de El Cerezo. La madre ha sido condenada a tres meses de prisión por abandono de familia, según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado día 3 de marzo, la juez de la Audiencia Mercedes Alaya, ha condenado a B.S.R.G., a 20 años y un día de prisión por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y a tres meses de cárcel por un delito de abandono de familia. El padre argumentó en el juicio que el bebé "sólo se atragantó" con leche, sin saber "nada" de un golpe mortal que sufrió en su cabeza.

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En la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia recoge como hechos probados que los investigados mantenían una relación sentimental fruto de la cual tenían un hijo en común que a la fecha de los hechos contaba con seis meses de edad y que nació prematuro a las 28 semanas de gestación, pesando sólo 1,145 kilogramos. Así, el bebé permaneció ingresado en un centro hospitalario hasta el 16 de marzo de 2017, volviendo a ser ingresado el 17 de marzo hasta el 8 de abril.

La sentencia indica que, cuando el 8 de abril se le dio por el servicio médico el alta definitiva al niño, éste pesaba 4,60 kilogramos y era un pequeño "sano, habiendo quedado resueltos todos sus problemas de salud", de modo que los servicios sociales adscritos al hospital entregaron el bebé a sus padres con la hoja de alta médica "donde se especificaban los cuidados a seguir y el programa de citas pediátricas", lo que también les fue transmitido verbalmente.

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"DEJACIÓN DE SUS OBLIGACIONES COMO PADRES"

No obstante, y según manifiesta la Audiencia, desde el alta hospitalaria y hasta el 12 de junio, los acusados, "con dejación de sus obligaciones como padres, no le procuraron a su hijo los cuidados que le eran necesarios", de forma que "no siguieron las pautas de alimentación prescritas para el bebé, pues el mismo estaba visiblemente más delgado", y no acudieron asimismo a las siete citas programadas en neonatología durante los meses de abril, mayo y junio, "a las que fueron citados debidamente", mientras que tampoco tramitaron la tarjeta sanitaria del menor para poder realizar los sucesivos controles pediátricos.

Cogió a su hijo y con intención de acabar con su vida o sin importarle poner en riesgo la misma, lo zarandeó violentamente

La Audiencia añade que el 12 de junio de 2017, la acusada se marchó del domicilio que compartía con el investigado, quien de este modo se quedó a solas con el bebé. En ese espacio temporal, y por circunstancias que se desconocen, el pequeño no cesaba de llorar, lo que "agotó la paciencia" del encausado, quien "cogió a su hijo y con intención de acabar con su vida o sin importarle poner en riesgo la misma, lo zarandeó violentamente en repetidas ocasiones, lo que produjo fuertes movimientos continuados de la cabeza del bebé, de atrás hacia delante, y parando en seco golpeó el lado derecho de su cabeza con tanta energía contra una superficie plana y dura" que "le fracturó el cráneo".

Según recoge la sentencia, el acusado llevó al menor a Urgencias de un centro hospitalario cercano "en parada respiratoria con débil latido cardiaco a consecuencia de las fuertes sacudidas y del enérgico golpe que le propinó", aunque el condenado "manifestó a los pediatras que le atendieron que se le había atragantado dándole el biberón".

No obstante, "no se ha acreditado que estuviera dándole el biberón y que el menor se atragantara con la leche que estaba succionando o por regurgitación de la que acababa de ingerir, provocando la parada respiratoria del menor por asfixia, ni que ésta fuera la causa del edema cerebral sufrido".

Asimismo, tampoco se ha acreditado que la acusada regresara ese día a la vivienda y, al tomar el bebé y bajar por las escaleras, "le propinara un golpe en la cabeza al caérsele por las escaleras, ni tampoco con la barandilla de hierro de las mismas, ni con ningún otro elemento de éstas". Tras varios días ingresado, el menor falleció el día 17 de junio de 2017 a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico severo que le provocó una triple fractura craneal.