El lema #SóloSíeSí, al código penal

  • El caso de La Manada puso en marcha iniciativas para reformar la ley en torno a los delitos de violación

  • Eliminar la figura legal del abuso ya fue planteado por el gobierno de Rajoy y figuraba también en la ley que preparaba el ejecutivo socialista antes de las elecciones

Con el actual código penal sobre la mesa la Audiencia Provincial de Pamplona sentenció a los cinco integrantes de La Manada a una pena de 9 años de cárcel por el delito de abuso sexual con el agravante de prevalimiento.

Esa decisión, la de condenar por abuso, y no por agresión sexual, a los acusados de violar en grupo a una chica de 18 años en un portal de Pamplona durante los Sanfermines de 2016, provocó una ola de indignación en la calle que se tradujo en manifestaciones apoyo de la víctima y protestas contra la decisión tomada por los tres magistrados que juzgaron el caso.

El pasado viernes el Tribunal Supremo revisaba el caso y fallaba que aquellos magistrados de la Audiencia Provincial de Pamplona se equivocaron, como se equivocó, según el Supremo, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra que no atendió al recurso de la defensa de la chica para elevar la calificación del delito por el que fueron condenados los acusados de abuso, a agresión sexual.

Para el Supremo, y atendiendo al código penal actual, lo que ocurrió en aquel portal fue violación, castigada en este caso con 15 años de prisión por acusado, y además, en un comunicado aclaratorio emitido por el alto tribunal después del fallo se apuntaba a que una correcta calificación del caso podría haberles permitido condenar a cada acusado por múltiples delitos de violación que les podrían haber costado hasta 75 años de cárcel.

¿Hace falta una nueva ley?

En la legislación actual, en los casos de violación se diferencia entre dos tipos penales. El delito de abuso y el de agresión sexual. En la primera sentencia a La Manada se aplicó el de abuso con prevalencia porque los jueces consideraron que aunque la víctima se vio superada por la situación y dieron por cierta su versión de los hechos, no apreciaron que se hubiera ejercido violencia o intimidación contra ella. Y es la violencia la que determina, en el texto legal actual, si una violación es una agresión o un abuso.

El Supremo ha corregido la consideración sobre el caso de la Audiencia Provincial de Pamplona y el Tribunal Supremo de Navarra, pero esa decisión no ha estado libre de polémica. Si bien desde la mayoría de las fuerzas políticas se recibía el fallo del Supremo de forma positiva, las declaraciones al respecto del número uno de VOX en Andalucía, el juez Francisco Serrano, han generado una auténtica tormenta política. Hoy Serrano ha matizado su crítica al Supremo y a las que él denomina leyes "hembristas", pero mantiene su opinión de que la decisión tomada el viernes por el Supremo es fallida y el Tribunal Constitucional podría anularla.

Una nueva legislación basada en el consentimiento.

La reforma del código penal que preparaba el ejecutivo socialista antes de las elecciones generales, y que podría llegar a aprobarse si Sánchez logra la investidura, contempla la eliminación del abuso del texto legal. Todo contacto sexual no consentido sería considerado agresión sexual. La violencia como determinante se elimina y lo único que entra en consideración es el consentimiento. Y si además esa agresión sexual conllevase penetración de cualquier tipo se consideraría violación.

Con esta reforma todo contacto sexual no consentido pasaría a ser delito, no habría faltas por incidentes leves castigados con multa. Todas las agresiones sexuales serían castigadas con prisión con penas similares a las actuales.

Sólo 10 países en Europa definen la violación en sus códigos penales atendiendo como único considerante al consentimiento. El resto siguen incluyendo en su legislación que la violación depende, en mayor o menor grado, del uso de la violencia contra la víctima.