Sanciones para los padres que no cumplan las normas al salir a la calle con sus hijos

  • Medidas poco estrictas por parte de algunos padres en la salida de los niños

  • Los menores juegan unos con otros, no hay la distanciamiento social y no se utilizan mascarillas

Muchos pequeños esperaban en sus casas impacientes la llegada del 26 de abril tras seis semanas de duro confinamiento en casa. La primera 'relajación' de las medidas aprobadas por el Gobierno entraba en vigor el pasado domingo. Miles de familias salían a las calles y playas de España para dar un paseo con los menores. Las imágenes de los padres hablando con otros padres sin respetar la distancia de seguridad y los niños jugando con otros pequeños, inundaban las redes sociales con críticas hacia muchos progenitores que no respetaban las medidas establecidas.

Desde hoy se multará a aquellos padres que salgan con sus hijos y no respeten las normas establecidas. Todo ello para evitar aglomeraciones como las que se dieron ayer en muchas ciudades. Un solo adulto puede salir hasta con tres niños, se debe mantener la distancia social y se recomienda el uso de mascarillas.

Uno de los ejemplos de las aglomeraciones que se vivieron en la salida de los niños fue en la Avenida Diagonal, de Barcelona. Los padres no estuvieron a la altura de las circunstancias. No respetaron la distancia de seguridad ni llevaban mascarillas. También se vieron imágenes como la de dos padres acompañando a sus hijos cuando solo puede ir uno.

En un parque de Valencia ocurría lo mismo. Docenas de niños se divertían juntos jugando un partido de fútbol en el que el distanciamiento social no existía. Otro ejemplo del incumplimiento de las normas establecidas por parte de los padres sucedía en la playa de la Barceloneta, donde tampoco había distancia mínima y no se lleva mascarilla. Los padres charlaban con amigos sin respetar la distancia social.

El mismo panorama e insolidario e irresponsable por parte de algunos padres se vivía en las playas de Cádiz e Ibiza, donde nadie diría que el país continúa en estado de alarma.

Ante tal irresponsabilidad en muchos puntos de España, por la tarde se reforzaba la presencia policial. Los agentes de seguridad recordaban las normas y advertían que desde hoy saltárselas será motivo de sanción.

En el punto en el que se encuentra nuestro le toca ser responsable y no dar un paso atrás.

En un comunicado, Legálitas explicaba las principales claves de las medidas del Gobierno a este respecto y las posibles sanciones. Aclaran, no obstante, que entienden que las sanciones "irán en la misma línea que el resto de las sanciones por no acatar las restricciones de movilidad que hasta el momento se están tramitando". Esto es, según la abogada Carlota Zapata "las posibles conductas sancionables lo serán en aplicación de la conocida Ley de Seguridad Ciudadana, concretamente por ‘Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones’ del artículo 36.6 de dicha Ley, sancionable con multas de 601 a los 30.000 euros".

Sanciones

Entre otros ejemplos de sanción por incumplimiento de las medidas, Legálitas cita los siguientes:

  • Salir con los niños antes o después del toque de queda (de 9h a 21h) es algo fácil de comprobar por parte de los agentes, pudiendo ser sancionado al adulto con el mínimo. Entendemos que esta conducta podría ser sancionable con 601 euros.
  • Salir con un número de niños superior al permitido podría ser sancionable con multa de 601 euros.
  • Acceder a parques infantiles o hacer uso de columpios se regiría por el mismo artículo sancionador (entendemos que en su grado mínimo, es decir, 601 euros), pero aquí la autoridad podría valorar la existencia de un mayor riesgo de contagio si se hace uso de este tipo de instalaciones que si el adulto saliese a las 21.15 con un niño a la calle.
  • Bajar a la calle y, "ya de paso", reunirse con el resto de papás o mamás de los demás niños, para charlar o compartir ese paseo, la sanción podría ser bastante más cuantiosa al ser mayor el incumplimiento y el riesgo, rondando en base a estos criterios aplicados la cantidad de los 1.500 euros.
  • Estar a más de un kilómetro de distancia del domicilio, a priori, podría sancionarse con 601 euros, pudiendo agravarse y aumentar la cuantía en función de la distancia. No es lo mismo estar a tres kilómetros del domicilio porque haya una zona más abierta que a estar a quince kilómetros por haber aprovechado para visitar algún lugar periférico.