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Benidorm prohíbe las sillas motorizadas de más de una plaza para mejorar la seguridad vial

Control de la Policía Local de sillas eléctricas motorizadas en el paseo de Benidorm. Policía Local de Benidorm
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El pleno del Ayuntamiento de Benidorm ha dado luz verde a la modificación inicial de la Ordenanza Municipal de Movilidad para prohibir la circulación de sillas eléctricas autopropulsadas de más de una persona, cada vez más presentes en este municipio turístico. El objetivo de esta medida es mejorar la seguridad vial en el municipio, donde estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) están implicados en numerosos accidentes de tráfico.

La modificación ha salido adelante por unanimidad de todos los grupos, tras superar el preceptivo trámite de consulta pública previa por un plazo de quince días naturales sin haber recibido alegaciones, sugerencias o aportaciones al texto propuesto, según ha explicado el concejal de Movilidad, Francis Muñoz.

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 El edil ha explicado que “la evolución constante de la movilidad urbana, la irrupción de nuevos modos de desplazamiento y la permanente necesidad de adaptar el marco normativo local a la realidad social y jurídica hacen imprescindible una continua revisión y actualización de las ordenanzas municipales”; en este caso, la número 1 de Movilidad.

Proteger a los más vulnerables

La nueva redacción de la Ordenanza número 1 de Movilidad se sustenta en tres pilares estratégicos y jurídicos fundamentales. El primero, la adecuación del texto municipal a la normativa estatal en materia de tráfico y seguridad vial, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación en materia de protección a los usuarios vulnerables de la vía. Esta homologación garantiza la coherencia del ordenamiento jurídico aplicable en el término municipal y refuerza la seguridad jurídica de todos los usuarios.

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El segundo, el refuerzo de la seguridad vial y la sostenibilidad ambiental, mediante la implementación de medidas orientadas a pacificar el tráfico y proteger a los usuarios más vulnerables, atajando la alta siniestralidad vinculada a la movilidad emergente y a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Y, por último, la regulación de sillas autopropulsadas, recogida en la modificación del Título IX para actualizar las condiciones de uso y establecer la prohibición expresa de circulación de sillas autopropulsadas construidas para más de una persona, garantizando la seguridad vial en aceras y zonas peatonales. 

Tras esta aprobación inicial, el texto será sometido a un nuevo periodo de exposición pública por plazo de 30 días hábiles, antes de su aprobación definitiva y entrada en vigor.