El porqué de la diferencia entre las condenas judiciales a las distintas 'manadas'

  • Analizamos los casos de Pamplona, Manresa y Arandina

Ya son tres las condenas judiciales a ‘manadas’ por delitos de agresión o abuso sexual pero ¿Por qué son tan distintas? Juan Luis Tena lo analiza en ‘Ya es mediodía’. En primer lugar, a la ‘manada’ de Pamplona se les condena a 15 años a cada uno por agresión sexual siguiendo la doctrina jurídica de que en agresiones sexuales grupales, cada miembro es condenado por la gravedad del delito que cometen y no por el grupal.

En segundo lugar, en el caso de Manresa, la víctima estaba inconsciente, con lo que se aplica lo que dictamina en este caso el Código Penal: la condena no es por agresión, es por abuso, al estar la chica inconsciente no hay violencia ni intimidación. Han sido condenados a penas de entre 10 y 12 años.

Por último, en el caso de los tres exjugadores del Arandina la pena es aún mayor, de 38 años cada uno, ya que aun siendo el mismo delito, son condenados no solo por el delito individual sino por los delitos que han cometido los otros.