Qué hace la Casa Real con los regalos que reciben los reyes Felipe y Letizia, Leonor y Sofía: las normas clave
La Casa Real española cuenta con una normativa estricta que regula qué hacer con los regalos, qué pueden aceptar y qué no
La familia real recibió 358 regalos en 2024: una antorcha olímpica, un crucifijo y una camiseta del Atlético de Madrid
Los regalos forman una parte inseparable de la agenda institucional de la familia real. Viajes oficiales, recepciones, audiencias y actos públicos suelen ir acompañados de obsequios ofrecidos por autoridades, instituciones y organizaciones de todo tipo. Sin embargo, lejos de la imagen de privilegio, la Casa Real cuenta con una normativa estricta que regula qué hacer con ellos, qué pueden aceptar, qué no y, sobre todo, cuál es el destino final de esos regalos que reciben los reyes Felipe y Letizia, la princesa Leonor y la infanta Sofía.
El principio general es claro. Los miembros de la familia real española no pueden aceptar para sí mismos regalos que superen los usos sociales o de cortesía, ni tampoco favores, servicios o ventajas que puedan condicionar el ejercicio de sus funciones.
Tampoco pueden obtener obsequios que, por su valor económico, su finalidad comercial o publicitaria o por su propia naturaleza, puedan comprometer la dignidad institucional de la Corona, tal y como recogen desde la web oficial de la Casa del Rey.
Los de carácter institucional
Cuando un regalo se considera de carácter institucional, pasan a integrarse en el Patrimonio Nacional, conforme a lo establecido en la Ley de Patrimonio Nacional, y quedan así al servicio del interés general.
Se entiende por regalo institucional aquel que se ofrece a un miembro de la familia real con motivo de un acto oficial o en razón directa de su condición. En esta categoría se incluyen los entregados por autoridades en actos y visitas oficiales dentro de España, por administraciones públicas y entidades del sector público estatal, autonómico o local, así como los regalos ofrecidos por autoridades de Estados extranjeros durante viajes oficiales internacionales.
También se consideran institucionales los proporcionados en actos oficiales celebrados en el extranjero, los ofrecidos por autoridades extranjeras en visitas oficiales a España y los procedentes de organizaciones e instituciones internacionales.
Todos estos regalos, una vez catalogados, se incorporan al Patrimonio Nacional, salvo que por su naturaleza o escaso valor se determine otro destino adecuado conforme a las normas internas.
Los de carácter personal
Junto a estos, existen los regalos de carácter personal. Estos solo pueden aceptarse cuando se ajustan estrictamente a los usos sociales o de cortesía. Si superan ese umbral, reciben el mismo tratamiento que los regalos institucionales o se ceden a entidades sin ánimo de lucro que persigan fines de interés general, o a administraciones y organismos públicos dedicados a la conservación y gestión de bienes similares.
La normativa también contempla otros obsequios especialmente sensibles. Ni los reyes ni sus hijas pueden aceptar regalos en dinero ni préstamos sin interés o con condiciones más favorables que las del mercado. En el caso de que se reciba dinero, este debe ser devuelto o donado a una entidad benéfica.
Del mismo modo, cuando un premio o reconocimiento incluye una dotación económica, su importe se destina obligatoriamente a fines de interés general. Para celebraciones singulares, como aniversarios, la Casa del Rey establece un régimen específico que se hace público con antelación.
Cómo se controla
El control de todo este sistema recae en la Secretaría General de la Casa de Su Majestad el Rey. Las distintas unidades responsables registran cada regalo recibido, asegurando su identificación y custodia.
Anualmente, una comisión interna revisa todos los objetos, valora su interés histórico, artístico, estético o económico y decide su destino definitivo, ya sea su incorporación al Patrimonio Nacional o su donación a entidades sin ánimo de lucro.
En los casos de donaciones, se preserva el anonimato tanto del donante como del miembro de la familia real que recibió el obsequio.
Transparencia
La transparencia es otro de los pilares del sistema. Cada año, Zarzuela publica en su página web los regalos recibidos por la Familia Real, con una breve descripción y la identificación de la persona o entidad que los entregó.
Todavía se desconocen los de 2025, pero en 2024 percibieron 358, de los cuales 203 tuvieron como destinatario a Felipe VI (203). Entre ellos una antorcha olímpica, un crucifijo, una camiseta del Atlético de Madrid, numerosos libros y objetos tradicionales en sus viajes a otros países.
Por su parte, la reina Letizia recibió 88 obsequios; los reyes, 33; la familia real en su conjunto, 6; la reina con sus hijas, 8; la princesa de Asturias, 7; doña Leonor con su hermana, la infanta Sofía, 9, y la reina Sofía, 4.
Incluso las herencias están reguladas -un ejemplo claro es la herencia millonaria que dejó Juan Antonio Balada a los nietos de Juan Carlos I-.
Los bienes dejados en testamento a favor de miembros de la familia real por personas sin vínculo familiar solo pueden aceptarse cuando se considera procedente y siempre a beneficio de inventario. Su destino, salvo que el testamento disponga otra cosa, será igualmente el Patrimonio Nacional o instituciones públicas o benéficas.