Un juez retira la pensión y la vivienda a una hija de 28 años por su "falta de actitud" para trabajar: "La situación era insostenible"
La sentencia de un juzgado de Dos Hermanas (Sevilla) extingue el pago de 600 euros mensuales y obliga a la hija a devolver el domicilio familiar a su padre
El magistrado valora que la joven rechazó ofertas de empleo en firme y que ya ha completado su etapa de formación
SevillaLa justicia ha puesto un límite a la protección económica de una joven de Sevilla que, a sus 28 años, continuaba percibiendo una pensión de alimentos y residiendo en la vivienda de su progenitor. Un juzgado de Dos Hermanas ha dictado una sentencia que modifica las medidas establecidas hace quince años, cuando la hija era aún una adolescente, acordando la extinción total de la pensión de 600 euros y el cese del derecho de uso del domicilio familiar.
El caso, llevado por el abogado José María Carnero, pone de manifestó el agotamiento de un padre que, tras años intentando alcanzar un acuerdo amistoso, se ha visto obligado a recurrir a la vía judicial para recuperar sus bienes y cesar una carga económica que ya no consideraba justa. "Ha sido muy doloroso para él haber llegado a esto; es cliente mío desde hace años y hemos agotado todas las vías antes de demandar", explica el letrado.
Ofertas de trabajo rechazadas
La clave de la resolución judicial no reside solo en la edad de la joven, que está a punto de cumplir los 29, sino en su "falta de proactividad" para incorporarse de forma estable al mercado laboral. Según se desprendió en el juicio, la joven ya ha finalizado su formación académica y ha desempeñado diversos empleos con anterioridad.
Sin embargo, lo que ha inclinado la balanza a favor del padre ha sido la acreditación de que la hija llegó a rechazar dos ofertas de trabajo en firme que su propio progenitor le había gestionado. Dos testigos ratificaron en sede judicial que la joven ni siquiera llegó a contestar a estas propuestas laborales.
Para el juez, este comportamiento demuestra una falta de actitud para alcanzar la independencia económica, lo que rompe el derecho a seguir percibiendo la pensión de alimentos que se fijó cuando era menor de edad.
Una vivienda "bloqueada" durante años
El conflicto ha sido también patrimonial. El padre, actualmente jubilado, es el propietario único de la vivienda familiar. Hace quince años, tras el divorcio, se acordó que la madre y la hija (entonces menor) mantuvieran el uso y disfrute de la casa. A pesar de que la vivienda está libre de hipoteca y de que existía un compromiso previo para devolver las llaves hace seis años, la entrega nunca se produjo.
"El padre ha intentado ayudarla antes de llegar a este extremo, pero su situación económica al estar jubilado ya no es la misma", detalla Carnero. La sentencia ahora obliga a la entrega del inmueble al padre, una medida que el demandante espera con alivio tras años de "bloqueo" de su propia propiedad.
Una vida en el extranjero
Un detalle relevante del proceso es que la joven no se presentó al juicio. Según los datos aportados, aunque en su vida laboral en España no consta actividad reciente, existen indicios de que vive y trabaja fuera del país. Esta circunstancia ha reforzado la tesis de que la pensión de 600 euros ya no cumplía la función de sustento vital para la que fue creada, sino que se había convertido en una carga injustificada para el padre.
La resolución, que es de primera instancia y puede ser recurrida, muestra una realidad que según Carnero "ocurre más de lo que pensamos". Una situación que explica la necesidad de que los hijos mayores de edad demuestren un aprovechamiento real de sus capacidades para mantener el derecho a ser mantenidos por sus progenitores.
Para este padre sevillano, la sentencia supone el final de un largo proceso judicial y personal en el que, según su abogado, "solo buscaba normalizar una situación que se había vuelto insostenible".