Unos padres de Sevilla reclaman una indemnización 3,2 millones al SAS por las graves secuelas que sufrió su hija tras el parto: "Debió realizarse horas antes"

El abogado de la familia sostiene que se trata de una negligencia al no haberse practicado una cesárea de urgencia a tiempo
La menor presenta encefalopatía hipóxico-isquémica, parálisis cerebral, microcefalia y tetraparesia espástica y necesitará asistencia para toda la vida
Los padres de una niña nacida en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla han reclamado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) una indemnización provisional de más de 3,2 millones de euros por la asistencia recibida durante el parto.
La familia considera que una cesárea realizada con mayor antelación podría haber evitado o reducido las "gravísimas" secuelas neurológicas que actualmente presenta la menor.
Así lo asegura Pedro Arnaiz, el abogado de esta familia sevillana que está llevando a cabo un procedimiento de reclamación patrimonial frente al SAS. La demanda se sustenta en los informes periciales de especialistas en Obstetricia y Ginecología y en valoración de las secuelas producidas.
Dos horas y media
La madre acudió a Urgencias el 3 de septiembre de 2024, con 39 semanas y 5 días de gestación, tras notar una disminución de los movimientos fetales y el inicio de las contracciones.
Según el bufete de abogados detallan que "la propia documentación hospitalaria recoge la existencia de taquicardia fetal y variabilidad disminuida" estableciéndose clínicamente como un RCTG -registro cardiotocográfico- de categoría 3.
El informe pericial aportado por la familia sostiene que sobre las 14:00 horas, el registro presentaba características que exigían comprobar de forma inmediata el bienestar fetal. Como no era posible hacerlo con otros métodos, resultaba necesario proceder a una césarea de urgencia, pero ésta no se prudjo hasta casi dos horas y media después.
Durante ese intervalo, a las 15:50 horas se practicó una rotura artificial de la bolsa del feto y se comprobó la existencia de líquido amniótico intensamente teñido de meconio -la primera deposición fecal del bebé.- Ante la sospecha de pérdida de bienestar fetal, finalmente se indicó la cesárea de urgencia.
Maniobras de reanimación
La niña nació sin esfuerzo respiratorio, hipotónica y con una frecuencia cardiaca inferior a 60 latidos por minuto, necesitando maniobras de reanimación e ingreso en la UCI neonatal.
"El punto central de este asunto no es que se produjera un resultado desgraciado durante un parto. Lo que debe esclarecerse es por qué, ante un registro fetal que la propia documentación clínica calificaba como categoría 3, se mantuvo la evolución del parto durante horas antes de practicar la cesárea", detallan los abogados de los padres.
Graves secuelas
Según Arnaiz, una actuación más temprana habría evitado o reducido "de forma muy signifivativa" las secuelas sufridas por el bebé.
Actualmente, la menor presenta encefalopatía hipóxico-isquémica, parálisis cerebral, microcefalia y tetraparesia espástica, además de graves alteraciones de la motricidad y del desarrollo, y precisa asistencia permanente, rehabilitación y apoyo de terceras personas.
El informe de valoración del daño establece 99 puntos de secuela funcional y 40 puntos de perjuicio estético, además de prever necesidades asistenciales y materiales durante toda su vida. Entre ellas se encuentran fisioterapia, cuidados, ayudas técnicas, adaptación de vivienda y vehículo y asistencia de terceras personas.
Dependencia absoluta
La reclamación presentada ante el SAS fija actualmente una cuantificación provisional de 3.223.097,12 euros, quedando determinadas partidas futuras pendientes de concreción mediante valoración actuarial.
"Cuando hablamos de una gran lesionada de tan corta edad, la indemnización no puede limitarse a poner una cifra a unas secuelas. Hay que preguntarse qué necesitará esa niña cada día durante el resto de su vida y qué supone para una familia asumir una situación de dependencia absoluta", señala Arnaiz.
El procedimiento se encuentra todavía en vía administrativa, por lo que será el Servicio Andaluz de Salud quien deba pronunciarse inicialmente sobre la existencia de responsabilidad patrimonial. Desde el bufete insisten en que será la prueba médica y pericial la que determine definitivamente si la demora denunciada tuvo la culpa de las lesiones sufridas.
